Se presentó este lunes, en la Cámara de Diputados, un proyecto de ley que plantea aumentar las penas para aquellos funcionarios públicos que cometan hechos punibles de prevaricato, asociación criminal, tráfico de influencias, cohecho pasivo, quebrantamiento del depósito, exacción y lesión de confianza, mediante la modificación de algunos artículos del Código Procesal Penal.
La iniciativa del diputado Daniel Centurión tiene como finalidad introducir modificaciones a leyes penales vigentes, y como motivo principal la disuasión legal para el combate frontal a la corrupción pública y privada, y que se refieren a los actos de corrupción relacionados con la Función Pública.
“Lamentablemente nos encontramos hoy en día, que el crimen organizado nacional se nutre con el apoyo de funcionarios públicos, desangrando al Estado en su patrimonio, sin visos de solución tan siquiera a mediano plazo”, argumenta el legislador en su proyecto.
Refiere que con anterioridad ya se ha propuesto un proyecto de ley, que abarcaba todos los aspectos de naturaleza penal relacionados con las funciones públicas, y de los particulares que alientan dicho actuar delictivo, en detrimento no solo del patrimonio público, sino la decencia y moralidad de la cual deben estar investidos los servidores públicos en el desempeño de sus funciones, pero en esta ocasión se centra en aquellos aspectos más importantes, que hacen al actuar ilícito de los funcionarios y particulares.
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En cuanto a la pena establecida para hechos de lesión de confianza, el proyecto plantea un castigo de pena privativa de libertad de hasta cinco años o multa para aquellos funcionarios que con base en una resolución o contrato haya perjudicado al erario público, y de un castigo de hasta 25 años para casos graves realizados por un funcionario público.
En cuanto al enriquecimiento ilícito para funcionarios públicos, el proyecto de ley plantea un castigo de 10 a 15 años de privación de libertad. De hecho, el documento plantea que en caso de condena judicial firme y ejecutoriada por el hecho punible de enriquecimiento ilícito en ejercicio de la función pública producirá también el comiso especial de los bienes muebles o inmuebles, valores, dinero, o derechos obtenidos ilegítimamente por su autor o partícipe.
Para los hechos de tráfico de influencias, el castigo será de 10 años de pena privativa de libertad para particulares y de 20 años para funcionarios públicos.
De igual forma, el proyecto plantea que será castigado con pena privativa de libertad de entre 15 y 25 años, el funcionario público que decida, autorice o suscriba actos o contratos administrativos que otorguen, de forma directa, beneficios indebidos para su provecho personal, o para su cónyuge o conviviente, o el de sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
Asimismo, el funcionario que incurra en cohecho pasivo agravado será castigado con pena privativa de libertad de cinco a diez años.
La propuesta establece que aquel funcionario que creara una organización estructurada jerárquicamente u organizada de algún modo, dirigida a la comisión de hechos punibles, es decir, una asociación criminal, la pena privativa de libertad será de diez a quince años, y de unos 20 años de cárcel en caso de exacción, para aquellos funcionarios encargados de la recaudación de impuestos que lo hagan en forma indebida, o no entregara lo recaudado a la caja pública.