El proyecto fue sancionado por el Poder Legislativo y fue vetado el 14 por el presidente de la República.
El artículo mencionado elimina la obligación de la Contraloría General de la República de comunicar al Ministerio Público la omisión de datos en su declaración jurada de bienes, por lo que evita ser catalogado como un hecho punible y pasible de sanciones. Además, mediante esta modificación, se permite modificar la declaración jurada en cualquier momento.
“Nosotros, en su momento, desde esta comisión defendimos la normativa vigente, ya que los cambios propuestos por Diputados cambiaba las normas actuales, con las que el declarante tiene un plazo de 10 días para rectificar su declaración, y si la CGR encuentra que las omisiones fueron dolosas, debe proceder ante el Ministerio Público”, indicó el diputado Ávalos Mariño, quien preside la comisión de Legislación.
Servicio diplomático. La comisión también dictaminó a favor de la versión de la Cámara de Senadores del proyecto de ley del servicio diplomático y consular.
La diferencia entre ambas versiones, se encuentra en que la Cámara de origen plantea no volver Instituto Superior a la Academia Consular, mientras que la revisora deja la expedición de títulos a cargo del Ministerio de Educación.