El mismo debía ser sometido a juicio oral, con respecto a la pena, por los jueces Juan Carlos Zárate, María Fernanda García de Zúñiga y Yolanda Portillo, pero tuvo que ser suspendido.
Es que renunció el abogado Miguel Insaurralde, mientras que Óscar Germán Latorre, su otro defensor, presentó un reposo de 10 días debido a que tiene problemas en la espalda.
Sin embargo, los magistrados entendieron que el reposo presentado no tenía todos los requisitos que estableció la Corte por acordada, ya que no tenía el domicilio en el cual se iba a cumplir el reposo.
Con ello, declaró el abandono de la defensa de Cárdenas, y le intimó por 48 horas, para que nombre un abogado, caso contrario se le iba a nombrar un defensor Público.
Latorre, por su parte, adelantó que iba a apelar el fallo, ya que hubo una mala interpretación de la acordada, ya que la exigencia para poner el domicilio es solo para los procesados y no para los abogados defensores.
Además, aseguró que el juicio oral iba a estar viciado de nulidad, ya que se realiza solo con respecto a la pena, se pregunta cómo la iban a imponer si se hace basado en la reprochabilidad.
Alega que ellos no participaron del juicio oral anterior, no vieron las pruebas, no escucharon los testigos, por lo que mal podrían determinar una pena.
Cárdenas había sido condenado a 4 años por enriquecimiento ilícito y otros.