La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) rechazó por una cuestión de forma la acción de inconstitucionalidad contra la Ley 5036/13 “Que modifica y amplía los Artículos 2º, 3º y 56 de la Ley Nº 1.337/99 de Defensa Nacional y Seguridad Interna”. Esta es la ley que permite que las FFAA actúen como fuerza policial en un estado de excepción permanente y bajo la cual se crea la Fuerza de Tarea Conjunta.
La acción fue presentada por Nunila Fernández, Mariana Servín y Francisca Morales, todas familiares de los hermanos Gregorio y Víctor Morales. y los que resolvieron la acción fueron los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica, y Miryam Peña.
La CSJ no analizó la cuestión de fondo, que es la implementación de militares en cuestiones de seguridad interna. Alegaron una cuestión de forma, ya que las accionantes no eran afectadas directas.
“Debe acreditarse fehacientemente que las normas impugnadas agravien presente constante y directamente a los accionantes y que no se trate de supuestos perjuicios hipotéticos, futuros y por ende, inciertos, cuya ocurrencia además dependería de la conducta individual ilegítima de terceros”, fundamentó Fretes.
Por su parte, Bareiro de Módica sostuvo que “al no haber acreditado las accionantes, en autos, su “legitimación activa”, esta instancia queda impedida para pronunciarse”.
Los miembros de la Corte no analizaron el Artículo 173 de la Constitución, donde señala que las FFAA tienen como misión custodiar la integridad territorial y defender a las autoridades legítimamente constituidas; ni el Artículo 175, donde menciona que la Policía Nacional es la encargada de la seguridad interna de la República.