El fallo fue dictado por los ministros Antonio Fretes, Gladys Bareiro de Módica y Alberto Martínez Simón, quienes dieron trámite a la acción y a la vez, suspendieron los efectos de la ley y del decreto reglamentario.
La inconstitucionalidad fue promovida por la abogada Mirtha Morínigo, en representación de la Corte Suprema de Justicia.
Ataca el artículo 6 de la Ley 6622/2020, que establece medidas de racionalización del gasto público; el artículo 18 del Decreto 4899/2021, y el artículo 171 anexo A, de la guía de normas del Presupuesto, del Decreto 4780/2021 por el que se reglamenta la Ley 6672 que aprueba el presupuesto de este año.
El artículo 6 de la Ley 6622 prohíbe designar a un pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, por la máxima autoridad de los Organismos y Entidades del Estado (OEE), así como de los miembros de sus órganos colegiados. Se exceptúan el ingreso a través de un concurso público de oposición.
Además, limita a tres los asesores remunerados, salvo el presidente de la República. Incluso, en caso de que la autoridad que le contrató cesa en sus funciones, también los asesores, sin que haya derecho a indemnización alguna, conforme con la normativa.