La inconstitucionalidad fue promovida por José María Cibils, quien en juicio oral fue condenado a 2 años de cárcel, con la suspensión de la ejecución de la pena.
En el accidente de tránsito ocurrido el año 2011, fallecieron Federico Guillermo Alborno Duarte (23) y Karen Leticya Tribero Leguizamón (23), quienes iban en una motocicleta por las calles Médicos del Chaco y Vencedores del Chaco cuando fueron atropellados por Cibils, quien manejaba una camioneta y dio positivo a la prueba de alcotest.
La acción atacó el acuerdo y sentencia del 4 de mayo del 2021, del Tribunal de Apelación de Central, y el acuerdo y sentencia 550, del 4 de junio de este año, de la Sala Penal de la Corte.
Los ministros César Diesel, Gladys Bareiro de Módica y Antonio Fretes rechazaron in límine la acción de inconstitucionalidad.
Argumentan que no existen jerarquías de las Salas de la Corte, sino que constituye un solo cuerpo, conformado por tres salas. Con ello, afirman que las resoluciones del Máximo Tribunal solo son susceptibles del recurso de aclaratoria, por lo que mal podría ser revisado.
De esta manera, luego de 10 años de ocurrido el accidente mortal, José María Cibils deberá cumplir con la pena que fue suspendida a prueba. El caso pasará al Juzgado de Ejecución.