La ministra Carolina Llanes señaló que recibieron varias quejas de parte de usuarios del sistema, de profesionales y de personas que están siendo sometidas a los respectivos procesos penales, de que están cobrando por constitución para verificar un domicilio a los efectos de otorgar o no el arresto domiciliario.
“Eso no corresponde, no está previsto en ninguna acordada que establece los aranceles en materia de constitución u otros cobros que puedan realizar los jueces o los actuarios”, detalló Llanes.
Por su parte, el ministro Benítez Riera solicitó que a través de secretaría se emita una circular, como así también en la página web –como recordatorio– de que ya se trató en anteriores plenos lo que tiene que ver con la prohibición del cobro.
El ministro Martínez Simón manifestó que la acción entra muy mal en la temática de dicha concesión y que la misma inmediatamente se descontinúe.
Con respecto al fuero Civil y Comercial, mencionó que es cierto que los jueces, de oficio, también pueden realizar constituciones judiciales, pero siempre dentro del ámbito de la imperiosa necesidad de ir a ver algo.
Además, solicitó que las constituciones se realicen “en el marco de la estricta e ineludible necesariedad”.