El segundo fallo que dispuso la extradición del libanés Nader Mohamad Farhat a los Estados Unidos, esta vez, a pedido de un Tribunal del Distrito de Nueva York, fue ratificado por el Tribunal de Apelación en lo Penal, Cuarta Sala.
El libanés es acusado por supuesto lavado de dinero proveniente del narcotráfico y es requerido por los Estados Unidos. En el mismo pedido, el año pasado, habían extraditado a Mahmoud Ali Barakat, por parte del juez Humberto Otazú.
El fallo de Apelación fue dictado por los camaristas Carlos Ortiz Barrios, Emiliano Rolón y Arnulfo Arias, quienes ratificaron la sentencia dictada por el juez José Agustín Delmás, quien interinaba a su colega Otazú, el 28 de diciembre del 2018.
La apelación fue planteada por el abogado Dionisio Gavilán, quien solicita que se revoque el fallo y se niegue la extradición al país del Norte. Remarca que la sentencia viola los derechos de su defendido debido a que no le informaron de su derecho a ser asistido por el Consulado de su país de origen. Además, que no existe la doble incriminación.
El fiscal adjunto, por su parte, al contestar la apelación, sostuvo que en el proceso no se violaron las garantías procesales, a más del tratado de extradición, y solicitó que se ratifique la decisión del magistrado.
Los camaristas entendieron que se cumplieron con todos los requisitos previstos en el tratado. Explican la doble incriminación, que debe ser delito tanto en el Estado que pide la extradición como en el que es requerido, para que corra. Sin embargo, afirman que esto no significa identidad de normas penales, sino que es suficiente para identificar el principio que el hecho sea delictivo. Con ello, apuntan que en el proceso en cuestión, se respetaron todas las garantías previstas tanto en la Constitución Nacional, como en el tratado.