El parlasuriano Ricardo Canese (FG) presentó ayer un proyecto al Parlamento del Mercosur para declarar al Acuífero Guaraní como bien de los pueblos de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, no sujeto a ningún tipo de privatización, como medida de protección del recurso natural contra la intención del Senado brasileño de privatizar el manejo de sus recursos hídricos.
El legislativo brasileño pretende crear un mercado privado de aguas, que en la práctica implicaría la privatización del Acuífero Guaraní, una de las mayores reservas de agua dulce del planeta y que se encuentra bajo la superficie territorial de los países citados en el proyecto.
El proyecto de declaración del Parlamento del Mercosur señala que ningún país puede tomar medidas unilaterales sobre recursos naturales compartidos por los demás, en particular el agua, tal como establecen el Tratado de la Cuenca del Plata (1969) y el Tratado del Mercosur (1991).
“Que es un pésimo precedente, independientemente del resultado de la consulta a la fecha, 4 de setiembre de 2018, unas 97.264 personas se pronunciaron por el ‘no’ y tan solo 952 personas por el ‘sí’, que no debe dejar sentado ningún tipo de precedentes, que un país pueda privatizar recursos compartidos, como el Acuífero Guaraní”, expresa el texto.
Agrega que el uso privado de facto y sin respeto de normas ambientales, como repetidamente se observa, está llevando a la contaminación del Acuífero Guaraní y a la pérdida de su inmenso valor.
También señala que debe quedar claro que no se debe dictar norma interna alguna, ni mucho menos privatizar unilateralmente la valiosa reserva por parte de ningún país.
El único artículo del proyecto señala lo siguiente: “Declárase que los recursos hídricos del Acuífero Guaraní son propiedad condómina de los pueblos de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, que no son privatizables en ningún sentido, sea arrendamiento, concesión o cualquier otra modalidad, y que su uso, bajo la conducción del sector público, debe ser enteramente renovable y respetuoso del medioambiente, siempre en condominio, mediante Acuerdo entre los Estados involucrados”.