Los costos generados por las gestiones como llamadas telefónicas y notas de reclamo, con las que se busca que los morosos se pongan al día con sus deudas, ya no podrán ser trasladados a los clientes del sistema financiero local. El Banco Central del Paraguay (BCP) dispuso eliminar la figura del “cargo por mora” del Reglamento de Principios Básicos y Criterios para el Cobro de Comisiones, Gastos y Penalidades, a través de la resolución Nº 4 aprobada por el directorio.
Esta medida afectará a los gastos administrativos de las entidades en la gestión de cobranza, ya que se trata de una actividad adicional, sostuvo Carlos Ávalos, gerente general de banco Visión, al ser consultado por ÚH.
“Si uno no está pudiendo cargarle (los costos) al cliente que está teniendo un atraso, para hacer una gestión, afecta a la eficiencia de una entidad. (El cliente) que está atrasado requiere una gestión adicional que tiene un costo: un personal que está haciendo una tarea, que tiene un salario, unos gastos de explotación que generalmente se trasladan (al cliente) porque uno calcula sus intereses en base a un pago regular del préstamo”, recalcó el ejecutivo.
Aclaró que el interés moratorio, que no es mencionado en la resolución en cuestión, es una figura distinta y actualmente se encuentra en torno al 30% sobre el interés corriente aplicado al crédito: si la tasa de interés es de 10%, el interés moratorio será de 3%. En cuanto al cargo por mora, detalló que el monto de dinero que demanda depende del tiempo de atraso que lleva el pago de la cuenta.
“Por ejemplo, a los diez días se hace un primer llamado; a los quince o a los veinte días, se hace un segundo llamado, y se trasladaba ese cargo al cliente”, agregó.
Descartó que esta disposición del BCP resulte en una alteración en el control de la morosidad en el sistema financiero, que en noviembre pasado estuvo en una tasa de 2,65%, en el sector bancario. Aseguró que las entidades seguirán enfocándose en mantener la calidad de la cartera de préstamos, aunque con menos rentabilidad o margen de ganancias.
La resolución Nº 4 establece también el “traslado de gastos generados por servicios adicionales a las operaciones financieras realizadas por los consumidores financieros”. La Superintendencia de Bancos explicó al respecto que se trata de un criterio general establecido para aquellos gastos que son accesorios a la operación financiera genuina, de manera a que puedan ser trasladados a los clientes íntegramente (siempre y cuando sean conceptos que se encuentren autorizados por la misma norma) sin adicionar una cuantía superior, pues advierte que de lo contrario ya no se hablaría de “traslado”.
“Las entidades tienen autonomía de establecer dichos parámetros, como ser montos fijos y/o porcentuales en función al monto de la operación y el gasto generado propiamente. Se pretende velar por la razonabilidad de los costos establecidos para que estos gastos puedan ser trasladados a los clientes. Esto evitará que una entidad financiera cobre al cliente, en un servicio tercerizado, por ejemplo, mayor precio del que paga”, detalló la dependencia.
Impulso a las mipymes
La Superintendencia de Bancos informó además que se aprobó la incorporación de la comisión por garantía mipymes (micro, pequeñas y medianas empresas), de modo que se traslade el costo íntegro que cobra el administrador del fondo a la entidad financiera que otorga el préstamo al cliente final. Esta dependencia del Banco Central del Paraguay (BCP) sostuvo que la mencionada disposición tiene como objetivo acompañar a la promoción de los créditos destinados al sector mipymes, pues consideró que con la medida aplicada “podrían tener un tratamiento diferenciado cuando implican la gestión de una garantía adicional que facilite el acceso al financiamiento a dicho segmento”.