19 abr. 2024

Asalariados liquidarán IRP en base a tasas progresivas

El Gobierno pretende implementar una serie de novedades en el régimen del impuesto a la renta personal (IRP), según se desprende del proyecto de reforma tributaria presentado la semana pasada al Congreso.

La propuesta del Ejecutivo divide el sistema en dos. Por un lado, serán gravadas las ganancias de capital, que son aquellas que provienen del patrimonio de bienes o derechos del aportante; mientras que por el otro lado gravará las rentas por la prestación de servicios, que son las que se generan del trabajo personal o profesional prestado en relación de dependencia o de forma independiente.

El segundo punto es el que contiene las modificaciones principales. El proyecto establece que los asalariados o quienes facturen de forma independiente, y que tengan ingresos por más de G. 80 millones en el año, liquidarán por tramos y las tasas ya no se aplicarán en base a los ingresos brutos.

El viceministro de Tributación, Fabián Domínguez, explicó que el pago se hará solo en caso de que el contribuyente registre una renta neta, es decir, cuando sus ingresos sean mayores a sus gastos. En ese caso, se aplicarán tasas progresivas del 8% cuando su renta neta sea de hasta G. 50.000.000, del 9% cuando su renta neta sea de entre G. 50.000.001 y G. 150.000.000, y del 10% con una renta neta superior a los G. 150.000.000 (ver la infografía).

Sin embargo, la liquidación ya no se haría en base a una tasa única vinculada a los ingresos brutos. Por ejemplo, si una persona tiene una ganancia de G. 160 millones en el año, deberá pagar el IRP en tres tandas. En el primer tramo se le aplicará una tasa del 8% sobre G. 50 millones, en el segundo una tasa del 9% sobre G. 100 millones y finalmente una tasa del 10% sobre los restantes G. 10 millones.

Con esta ecuación, el impuesto a pagar será de G. 14 millones, lo que equivale a una tasa efectiva del 8,75%.

En la actualidad, los contribuyentes están sujetos a una tasa única del 8% si sus ingresos son menores a los 120 salarios mínimos y del 10% si son superiores a ese monto. La idea inicial del Fisco era aplicar tasas progresivas del 8 al 10%, pero sobre ingresos brutos que iban desde los G. 80 millones anuales, planteamiento que finalmente no corrió.

Otros cambios. El proyecto de reforma tributaria propone además otros polémicos cambios en los regímenes del impuesto selectivo al consumo (ISC) y del impuesto al valor agregado (IVA), y crea el impuesto a la renta empresarial (IRE).

En el ISC, el planteamiento del Ejecutivo establece reajustes del 5% al 20% en productos como el tabaco, bebidas azucaradas y alcohólicas, principalmente.

En cuanto al IVA, se elimina la devolución del gravamen en los casos de exportación de productos agrícolas en estado natural o de incipiente industrialización. Finalmente, en la creación del IRE se decidió unificar el Iragro con el Iracis, estableciendo las mismas reglas para todas las unidades.

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