El fallo fue dictado en forma unánime por Arnulfo Arias, Andrea Vera y Gustavo Santander, quienes declararon inadmisible el recurso promovido por la mujer a través de sus abogados.
En el caso, Karjallo se presentó ante la jueza de Ejecución Sandra Kirchhoffer, para solicitar el levantamiento del 50% del embargo que pesa sobre su esposo, debido a que le corresponde porque existe comunidad de bienes gananciales en su matrimonio.
Su pedido aludía a los saldos de dinero existentes en todas las cuentas bancarias habilitadas en las entidades de plaza, a más de los certificados de depósitos de ahorro (CDA), inmuebles y vehículos embargados.
Este pedido fue rechazado por la jueza de Ejecución el 14 de diciembre pasado, por lo que Karjallo planteó recurso de apelación general en contra de la resolución.
Sostuvo que en su calidad de esposa de RGD, con quien tiene régimen patrimonial de comunidad de bienes, se vio obligada a plantear el incidente de levantamiento de embargo, con relación al 50% de los bienes embargados.
Argumenta que el fallo es arbitrario, y el razonamiento es marcadamente erróneo, como si fuera que ella fue imputada y condenada, ya que la resolución conlleva la confiscación y pérdida de todos sus legítimos bienes.
Por su parte, la Fiscalía solicitó el rechazo del recurso, porque la misma no tenía intervención en el expediente.
Los camaristas señalan que, efectivamente, no es parte en el caso, por lo que declaran inadmisible el recurso de apelación.