El Tribunal de Apelación Penal, Tercera Sala, anuló las sentencias dictadas por la jueza Alicia Pedrozo, en un hábeas data presentado por Sebastián Irala Palermo para que se le excluya del padrón de la Asociación Nacional Republicana (ANR).
Es que la jueza Alicia Pedrozo, por sentencia 22, del 30 de abril pasado, había rechazado la acción de hábeas data, aunque sus argumentos eran para acoger en forma favorable el pedido.
Ante esto, hubo una aclaratoria presentada por el accionante, por lo que la jueza Pedrozo, por sentencia 25, del 5 de mayo pasado, admite la aclaratoria, y hace lugar a la demanda de hábeas data.
Ante esto, el representante del Partido Colorado planteó aclaratoria, lo que fue rechazada por la jueza. Esto fue apelado tanto por el accionante como por el representante colorado.
Es así que los camaristas Agustín Lovera Cañete, José Waldir Servín y Cristóbal Sánchez estudian los dos recursos contra los fallos.
Lovera y Servín consideran que las sentencias son nulas porque por una aclaratoria no se puede cambiar lo sustancial de la resolución. En este caso, por la primera sentencia rechaza la demanda, pero por la aclaratoria, hace lugar a la demanda.
Es por eso que los camaristas votan por anular los fallos y que otro juez juzgue de nuevo la causa.
Por su parte, el camarista Cristóbal Sánchez votó en disidencia. Sostuvo que la argumentación de la primera sentencia da a entender que se iba a admitir la acción, por lo que se trata de un error material que se puede subsanar, por lo que vota por ratificar la última sentencia.
Sin embargo, ahora, con la resolución, se retrotrae la acción a otro juez, que deberá estudiar de nuevo el caso, para dictar sentencia en el hábeas data promovido.