Según la Asesoría Jurídica de la Seam, el incumplimiento de las disposiciones para la habilitación de los establecimientos significa multas desde G. 23.551.500 hasta G. 785.050.000 aproximadamente.
Las actuales acciones legales se vinculan con supuestas infracciones a la Ley 294/93 “De Evaluación de Impacto Ambiental”, a la Ley 3239/07 “De los Recursos Hídricos del Paraguay” y a la Resolución 159/05 de “Requisitos que deben adoptar las playas y balnearios para la habilitación por parte de las comunas”.