La acción de inconstitucionalidad fue presentada en la Corte Suprema de Justicia por los asesores externos Fernando Marecos y Gabriela Lezcano, quienes fueron contratados por la EBY.
La abogada Lezcano explicó que la ley tiene como objetivo divulgar la información sobre el uso de los recursos públicos en el pago de funcionarios, informó la periodista de ÚH, Marcia Martínez.
“Yacyretá no hace uso de recursos públicos y sus funcionarios tampoco son funcionarios públicos. Es una entidad internacional y tiene patrimonio propio de donde salen las remuneraciones”, indicó al mencionar que esta normativa no puede incluir a la EBY.
Sostuvo que una ley nacional no puede obligar a Yacyretá a divulgar su nómina de funcionarios porque estaría violando el orden de prelación de las normas jurídicas. “Hay un tratado que tiene jerarquía superior a la ley”, indicó.
El director de la entidad, Juan Alberto Schmalko, fue uno de los que más se opuso a divulgar toda la información referente a la institución.
Días atrás, el director paraguayo dijo que es de la teoría de que se presente una nota reversal para analizar la posibilidad de zanjar el dilema legal y publicar la nómina, así como los salarios de funcionarios de la hidroeléctrica.
En su argumento decía que no hay dos empresas en Yacyretá y que el Tratado de la Binacionalidad no permite difundir los salarios de sus empleados.
Los ministros, directores, gobernadores e intendentes de las instituciones públicas que no cumplan con la Ley 5189, que obliga a publicar la nómina y sueldos, viáticos y otras remuneraciones que recibe el funcionario, se exponen a una multa de 12.628.073 guaraníes, según la Secretaría de la Función Pública.