19 abr. 2024

Ya no se necesitará esperar tres años para el divorcio

El presidente Horacio Cartes promulgó el decreto que plantea modificaciones a la ley que establece el divorcio sin la necesidad de plazos mínimos si es que hay mutuo acuerdo entre los cónyuges. Antes se debía esperar un periodo de tres años.

Disposición.   Sergio Godoy, asesor jurídico, informó sobre la decisión del presidente sobre la nueva normativa.

Disposición. Sergio Godoy, asesor jurídico, informó sobre la decisión del presidente sobre la nueva normativa.

El mandatario dio luz verde a las modificaciones de los artículos 4, 5, 6, 7 y 13 de la Ley 45/91 que establece el divorcio vincular del matrimonio.

Si no existe acuerdo, uno de los dos podrá pedir el divorcio sobre la base de algunas de las causales y se inicia el juicio ordinario. Las causales también se modificaron.

Son causales de divorcio el hecho de cometer un hecho punible, instigar a la pareja a cometer hechos punibles. Igualmente señala que es causal el hecho de realizar injurias graves contra el otro cónyuge, así como la interdicción declarada judicialmente, el estado habitual de embriaguez o el uso reiterado de drogas estupefacientes cuando hace insoportable la vida de pareja, el incumplimiento con los deberes de asistencia para con el otro cónyuge o con sus hijos y el adulterio.

El artículo 5 indica que podrán solicitar conjuntamente al juez su divorcio vincular. Los menores emancipados por el matrimonio, solo después de cumplida la mayoría de ambos podrán plantear la acción.

La nueva disposición fue planteada a raíz de la necesidad que hay ante las quejas de la ciudadanía por los trámites burocráticos.

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