31 jul. 2025

Solo uno de los seis concejales con doble salario está en la mira de la SFP

Función Pública pidió al intendente de San Lorenzo que informe la situación del concejal Ignacio Brítez, con sueldo mensual de G. 20 millones. Es también funcionario de Itaipú, donde gana más de G. 30 millones.

Un pedido de informe al intendente de San Lorenzo, el colorado Albino Ferrer, fue remitido ayer por la Secretaría de la Función Pública (SFP), a cargo de Humberto Peralta, en referencia al ejercicio de Ignacio Brítez como miembro de la Junta Municipal de la vecina ciudad y a la vez funcionario de la Entidad Binacional Itaipú, comisionado en la Cámara de Diputados.

Sin embargo, desde la SFP aún no se hicieron eco de la situación que involucra a otros cinco concejales municipales, que también son funcionarios de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) y de la Itaipú, todos con multimillonarios salarios, que se suman a los ingresos que perciben como ediles.

Se trata de los concejales colorados de la ciudad de Ayolas; Jorge Elías Duarte Mendoza, Ramón David Palacios Chaparro y Edgardo Ramón Villalba Agüero; el edil de Villa Elisa, Víctor Cogliolo, y el de Hernandarias, Carlos Rojas.

En el documento remitido por la SFP se solicitan datos referentes a Brítez, con relación a “si la mencionada persona percibe remuneración en la Municipalidad de San Lorenzo, en concepto de dieta, gastos de representación y otros; monto de la asignación, a partir de qué fecha y otros datos que considere de relevancia”, expresa el pedido.

Asimismo, señala que la información requerida ayudará a la Secretaría a realizar un cruce con los datos existentes en la SFP.

ASESOR. Brítez es funcionario de la Itaipú con un salario de poco más de 30 millones de guaraníes. Está comisionado a la Cámara Baja, donde se desempeña como asesor del presidente del órgano legislativo, su correligionario Hugo Velázquez.

Al mismo tiempo se desempeña como presidente de la Junta Municipal de la ciudad de San Lorenzo, donde también percibe un salario que ronda los 20 millones de guaraníes. Son más de 50 millones de guaraníes en ambas instituciones.

La Secretaría de la Función Pública le recordó al intendente Ferrer que el artículo segundo de la Ley 700/96 que reglamenta el artículo 105 de la Constitución Nacional, establece que es funcionario o empleado público toda persona designada para ocupar un cargo presupuestado en la administración pública nacional, departamental, municipal, entes autónomos, autárquicos, descentralizados y binacionales.