04 jun. 2026

Senado da primer paso para frenar masiva deforestación

La Cámara de Senadores aprobó en su sesión de ayer el proyecto de modificación del artículo 42 de la Ley Forestal, con lo que se pretende dejar sin efecto el decreto firmado por el presidente Horacio Cartes, que facilita la deforestación en el Chaco.

Votación.  Con 27 votos se aprobó el proyecto del Frente Guasu, pero con modificaciones.

Votación. Con 27 votos se aprobó el proyecto del Frente Guasu, pero con modificaciones.

El proyecto de ley presentado por la bancada del Frente Guasu fue aprobado, pero con modificaciones de la Comisión de Legislación.

Ahora el documento debe ser estudiado en la Cámara de Diputados.

Una de esas modificaciones en esencia implica que el porcentaje de protección sobre las reservas boscosas que deben preservarse y repararse disminuye del 50% al 25% en el Chaco paraguayo.

La Ley Forestal originalmente estipulaba un 25% de reserva boscosa. Pero ante la grave degradación ambiental, el Frente Guasu pretendía que este porcentaje aumente.

El Frente Guasu considera que con esta modificación parcial de la Ley Forestal se van a contrarrestar los altos niveles de deforestación en el Chaco, “y para frenar el decreto de Horacio Cartes, que abrió las puertas a la deforestación masiva”. El proyecto de ley en cuestión establece además que las disposiciones que la contraríen quedarán derogadas. Además, se le da al Poder Ejecutivo un plazo de 180 días para reglamentar la ley.

Organizaciones ambientalistas solicitaron la postergación del tratamiento ante la posibilidad de que no se tengan los votos necesarios para la aprobación del proyecto original, a lo que el senador Carlos Filizzola pidió posponer su estudio, moción que no tuvo mayoría.

El artículo 42 del mencionado proyecto describe que todas las propiedades rurales, sean estas públicas o privadas, de más de 20 hectáreas en la Región Oriental, deberán mantener el 25% de su área de bosques naturales. Mientras que todas las propiedades rurales, públicas o privadas, de más de 50 hectáreas en la Región Occidental, deberán mantener el 50% de su área de bosques naturales. En caso de no mantener este porcentaje mínimo, el propietario deberá regenerar naturalmente el área afectada, restaurar o reforestar con especies nativas una superficie equivalente al 25% de la superficie del predio, si este se encontrare en la Región Oriental, y el 50%, si este se encontrare en la Región Occidental.

Asimismo, se aprobó el proyecto de ley “que prohíbe las actividades de transformación y conversión de superficies con cobertura de bosques en la Región Oriental”. El documento presentado por Arnoldo Wiens, Arnaldo Giuzzio, Carlos Amarilla, Fernando Silva Facetti, Eduardo Petta y Ricardo Peralta fue remitido a la Cámara Baja.