La Seprelad había advertido justamente que sin esta normativa el país se exponía a ser sancionado por el GAFI, en su revisión sobre lavado de dinero prevista para setiembre de 2018.
La ley elimina las acciones al portador de las empresas y fue sancionada en Senadores, en setiembre pasado, en la versión Diputados.
La misma obliga a que en un plazo de dos años desde su promulgación, las empresas deban nominar a los propietarios de las acciones.
El documento pretende evitar el lavado de dinero y la evasión impositiva, utilizando este tipo de asociaciones.
La ley pretende asegurar la existencia de información adecuada, precisa y oportuna sobre el control de las personas jurídicas operantes dentro de este sistema.
En ese sentido, se contempla que las instituciones a cargo de controlar la vigencia de la normativa deben llevar a cabo medidas sobre el sector financiero y otros designados, a efectos de aplicar políticas de debida diligencia de los clientes (DDC), con conocimiento del origen y destino de los fondos y otras acciones de control.
También está consignado el aspecto de mejorar la transparencia en la constitución y administración de las personas jurídicas y la disponibilidad de información sobre el beneficiario final de las operaciones.