EFE
El matrimonio homosexual conformado por el peruano Óscar Ugarteche y el mexicano Fidel Aroche, celebrado en México en octubre de 2010, debió ser registrado en Perú en diciembre de 2016, según lo ordenó, en primera instancia, el Séptimo Juzgado Constitucional de Lima, luego de un largo proceso judicial.
Sin embargo, el caso siguió en tribunales y la Cuarta Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima anuló la sentencia en enero pasado por considerar que la defensa de Ugarteche se excedió en el plazo establecido para presentar un recurso de amparo contra el Reniec.
Ugarteche pidió en enero de 2012 la inscripción de su matrimonio en los registros civiles peruanos, pero tres meses después el Reniec resolvió improcedente la solicitud, debido a que la normativa peruana no permite el matrimonio homosexual.
A pesar de que esa medida fue apelada, el Reniec emitió una resolución definitiva rechazando la solicitud en razón a que el Código Civil peruano señala que “el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella”, dando así por agotada la vía administrativa.
Durante el posterior proceso judicial, el Reniec argumentó que la defensa de Ugarteche presentó de manera extemporánea su recurso de amparo, a pesar de lo cual el tribunal de primera instancia declaró infundada la solicitud de prescripción que presentó el organismo.
Sin embargo, la Cuarta Sala Civil resolvió luego a favor del Reniec y consideró que “la demanda ha devenido en improcedente” por extemporánea, por lo que ordenó que se declare nulo todo el proceso.