19 mar. 2024

Llamativa coincidencia entre TSJE y la ANR para no divulgar las planillas

Documentos serán alzados en la web de la institución electoral, pero solo podrán ser vistos por el interesado y no así por la ciudadanía. Quien carezca de internet no podrá saber si se falsificó su firma.

Las carpetas de la polémica.  En estos documentos hay nombres y firmas a los que la ciudadanía no puede acceder.

Las carpetas de la polémica. En estos documentos hay nombres y firmas a los que la ciudadanía no puede acceder.

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) no dará a conocer al público las planillas entregadas el viernes pasado por los colorados oficialistas en busca de la enmienda constitucional a favor de la reelección del presidente Horacio Cartes. Igual disposición adoptó el Partido Colorado, que complicó el acceso de la gente a las carpetas donde constan las firmas de los que supuestamente quieren que se realice un referéndum.

Luis Alberto Mauro, asesor técnico del TSJE, anunció ayer que una vez finalizada la verificación, los nombres, apellidos y números de cédula de identidad de los más de 366.000 firmas se publicarán en la web electoral.

Sin embargo, solo la persona interesada podrá acceder a buscar su nombre para saber si hubo o no fraude. El público no podrá accesar a dichos documentos.

Es decir, el tratamiento que el TSJE le dará a las planillas de los colorados será de carácter reservado, salvo para el interesado.

LEY DE TRANSPARENCIA. Según Ezequiel Santagada, uno de los proyectistas de la Ley 5282 de Acceso a la Información Pública, las planillas deben publicarse porque las mismas tienen información pública y no reservada. Indicó que de no darse a conocer esta información se viola la legislación. Esto, sin contar que el proyecto de enmienda, que ahora pretende ser estudiado, ya fue rechazado en agosto del año pasado.

Firmas, no. Mauro señaló que el proceso que realiza la Justicia Electoral es un trabajo técnico-administrativo que consiste en verificar los datos personales de cada ciudadano, pero no así la autenticidad de las firmas.

Explicó que la institución no tiene la potestad legal para ese procedimiento.

Lo que en estos momentos realiza el TSJE es la verificación de la situación electoral de los firmantes.

Añadió que estos deben estar inscriptos en el Registro Cívico Permanente (RCP), requisito que permite la elaboración del padrón y posterior sufragio en elecciones. “La Justicia Electoral solo dictaminará si los ciudadanos que firmaron figuran en el Registro Cívico Permanente, lo que confirmará que son electores y están aptos para votar. La Justicia electoral no tiene potestad para hacer una valoración jurídica en ese aspecto, la ley no nos da esa facultad”, sentenció.

Comentó que se encuentran realizando el cruzamiento de datos y si estos son correctos serán levantados en la web, lo que aún así sigue significando que su tratamiento es de carácter reservado. Mauro expresó que una vez recibidas las planillas en mesa de entrada, los funcionarios de la Secretaría General procedieron a foliar las carpetas.

Caso similar. Como antecedente similar a este caso, el asesor técnico del TSJE recordó que un grupo de abogados también habían presentado una solicitud para la reforma, documento que fue avalado con las firmas de 30 mil personas. Los documentos también fueron procesados por el TSJE y entregados nuevamente a los dirigentes de la organización Convergencia Nacional, que aglutina a abogados de diferentes sectores.

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