29 jul. 2025

La Constitución es tajante: HC solo puede ser senador vitalicio

El presidente de la Convención Nacional Constituyente de 1992, Óscar Facundo Ynsfrán, señaló que la senaduría vitalicia es un imperativo de la Constitución Nacional y que aunque se pueda renunciar a ella, no se puede hacerlo antes de tener este derecho, es decir, antes del 15 de agosto de este año.

Imperativo. Ynsfrán habla de lo establecido en la CN.

Imperativo. Ynsfrán habla de lo establecido en la CN.

Explicó esto ante la situación generada por el presidente Horacio Cartes y el ex presidente Nicanor Duarte Frutos, quienes, a pesar de la prohibición expresa de nuestra Carta Magna, son candidatos a senadores por el Partido Colorado como número 1 y 10, respectivamente.

“Se estableció la no reelección absoluta. Políticamente un ex presidente no tiene más chances de ser reelegido; en consecuencia, se le brindó la oportunidad de ser senador vitalicio en forma imperativa, para aprovechar su experiencia”, expresó en una conversación con radio Ñandutí.

Indicó que no es que puede ser senador vitalicio desde el 1 de julio cuando se abre el periodo legislativo, sino el 15 de agosto cuando culmina el mandato presidencial. “Esa es la interpretación legal, clara y expresa. Y si el 15 de agosto renuncia, ya es tarde para presentarse como senador. Su voz vale muchísimo, pero no integra la lista de los 45”, aseveró.

Mencionó igualmente que no se habla de la posibilidad de renuncia del Ejecutivo, pero que la única excepción a la senaduría vitalicia es que haya sido removido por juicio político, tal como sucedió con Fernando Lugo.

“Cartes tiene derecho a renunciar a la senaduría vitalicia el 15 de agosto y renunciar a la presidencia tampoco le exime de ser senador vitalicio. El presidente solamente pierde ese derecho por ser removido por mal desempeño de funciones”, remarcó.

Manifestó asimismo que finalmente es la Corte Suprema de Justicia la que debe resolver esta situación, y que dicha institución es la que está con un déficit enorme de Justicia. “Les falta valentía, coraje y, sobre todo, sabiduría para hacer valer la interpretación de la Constitución”, lamentó.

Por otro lado, mencionó que lo que resolvió la Corte en su momento con respecto a Duarte Frutos no lo habilitaba directamente y “él (por Nicanor) se aferraba a la voluntad del pueblo, pero la voluntad del pueblo no puede ir contra la voluntad de la Constitución Nacional”, acotó.