10 may. 2025

IRP: Tributación no cambiará decreto y desafía a empresarios a accionar

En medio de un fuerte debate convocado ayer por la Comisión Permanente, la viceministra de la SET endureció su postura y volvió a defender la polémica norma, ante las duras críticas que se escucharon.

Cuestionados.  La viceministra Marta González y el ministro de Hacienda, Santiago Peña..

Cuestionados. La viceministra Marta González y el ministro de Hacienda, Santiago Peña..

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) endureció su postura y ratificó que el Gobierno no modificará el Decreto 6560/16 promulgado en diciembre y que puso en vigencia una nueva reglamentación para el pago del impuesto a la renta personal (IRP).

Tras un fuerte debate entre tributaristas, abogados, parlamentarios y autoridades de Hacienda en una mesa de diálogo convocada ayer por la Comisión Permanente del Congreso, la viceministra de Tributación, Marta González, afirmó que el Decreto 6560/16 no es retroactivo porque solamente precisa y se ajusta a lo que dice la Ley 4673/12 del IRP.

Aseguró que los cambios molestan a grandes contribuyentes porque se frenó el abuso de las deducciones con dudosas inversiones y desafió a los empresarios a accionar judicialmente contra las normativas que consideren que lesionan sus derechos.

Recordó que Hacienda logró salir airoso de muchos otros casos donde se recurrió a la Justicia, como los del Club Centenario por devolución del IVA, el aumento del pago por Iracis y la implementación del IVA a cooperativas.

“Desde Hacienda hemos soportado numerosas amenazas de inconstitucionalidad, es algo común ya desde el 2013. Lo que podemos decir es que la única institución que puede declarar o no la inconstitucionalidad de una norma es la Corte Suprema de Justicia. Trabajamos con mucho cuidado en estas modificaciones y si alguien dice que es inconstitucional, debe probar eso”, expresó la viceministra.

Sin embargo, con respecto al proyecto de formulario, la SET se mostró abierta a realizar eventuales cambios, pero remarcó en que las recomendaciones se hagan oficialmente y no mediáticamente.

González aclaró que la nueva reglamentación no limita las inversiones, sino que ya no se podrá deducir en gastos o inversiones por más del ingreso bruto del contribuyente al año. Con respecto a los gastos en el exterior que solo pueden ser financiados con tarjetas de crédito o giros, dijo que también se pueden realizar con dinero del contribuyente, pero las facturas se deben legalizar en el consulado.

Críticas. Del debate participaron representantes del Consejo Profesional del Colegio de Contadores del Paraguay, directivos del Colegio de Abogados, abogados tributaristas y legisladores.

Tras la exposición de la viceministra de Tributación, la abogada Nora Ruoti manifestó que confirmó la creación de la “ley del formulario” en reemplazo de la ley original.

Remarcó que las nuevas reglas del juego limitan las inversiones del contribuyente, no permitiendo que este use sus ahorros, sus utilidades y hasta negándole el derecho de compensación en los siguientes años en caso de tener una pérdida fiscal.

“Se confirma la dictadura del formulario. Solamente con préstamos un contribuyente puede arrastrar su pérdida fiscal, en contra de lo que dice la Ley del IRP. En todo caso, si se quiere cambiar, se debe hacer por ley, no por decreto”, mencionó Ruoti.

Por su parte, la titular del Consejo Profesional del Colegio de Contadores, Alba Talavera, hizo énfasis en que la Constitución señala que ningún impuesto podrá tener carácter confiscatorio. Sin embargo, Tributación empezará a retener parte del salario de los contribuyentes desde julio de este año, sin definir cuándo ni cómo se harán las devoluciones ni a partir de cuánta remuneración se va a practicar la retención.

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