25 abr. 2024

Importadores piden a la Corte no

La Cámara de Importadores de Perfumes y Cosméticos (Caimpeco) y el Centro de Importadores de Paraguay (CIP) lamentaron ayer la decisión de la Corte Suprema de Justicia que favoreció a la firma Global System SA en una acción de inconstitucionalidad que le permite importar perfumes y cosméticos sin cumplir las exigencias que impone el Ministerio de Salud Pública (MSP), como el registro sanitario.

Conferencia de prensa.  Participaron (de izq. a der.)  Luján García, Juan Pablo Jaeggli, Cynthia Chihan, Ricardo Carrizosa,  Javier Carbonati y Cecilia Sallustro.

Conferencia de prensa. Participaron (de izq. a der.) Luján García, Juan Pablo Jaeggli, Cynthia Chihan, Ricardo Carrizosa, Javier Carbonati y Cecilia Sallustro.

Fue durante una conferencia de prensa que se realizó ayer en el local del CIP, donde instaron a que este tipo de hechos no vuelvan a ocurrir, ya que van en contra de las leyes del país. Consideraron que es un retroceso enorme que una empresa ahora pueda importar “lo que quiera”, sin un registro sanitario, que incluso puede perjudicar a la salud de los consumidores.

Por Caimpeco participaron Luján García, Juan Pablo Jaeggli, Cynthia Chihan, Javier Carbonati y Cecilia Sallustro; y por el CIP Ricardo Carrizosa, quien es el titular del gremio de los importadores.

“Lo que hicieron con la medida es el incumplimiento de leyes para algunos y el cumplimiento para otros. Es un tema muy perjudicial para la imagen del país, para el desarrollo de empresas formales. Nos preocupa muchísimo y pedimos a la presidenta de la Corte (Alicia Pucheta de Correa) que vea este tipo de posiciones que se vienen realizando en el Poder Judicial, que no puede seguir de esta manera, que no puede atentar a la igualdad de la ley”, enfatizó Carrizosa, presidente del CIP.

CUALQUIERA PUEDE GESTIONAR. A su turno, la presidenta de Caimpeco, Cynthia Chihan, dijo que cualquier empresa interesada puede gestionar y obtener los registros sanitarios, sin que sean socios del gremio. En este sentido, manifestó que 200 empresas están habilitadas en este momento por la autoridad sanitaria, que en este caso es la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (Dinavisa).

“El registro sanitario no es un invento de la actualidad, es un requisito que está establecido en la Ley 836 desde 1980, y establece la necesidad de un control sanitario de los productos de importación”, expresó.

Continuó: “A las empresas que no estamos beneficiadas con la acción de inconstitucionalidad, Dinavisa nos autoriza o no cada uno de los artículos a ser ingresados por Aduanas, a través de la Ventanilla Única del Importador, según tengamos la documentación en orden”.

Con la decisión de la Corte a favor de Global System SA, que ahora podrá importar sin registro sanitario, abre la posibilidad de que otras empresas también puedan acudir al recurso de inconstitucionalidad para no cumplir con las leyes sanitarias.

Sin embargo, aclararon que esa no es la intención de los importadores formales, sino que buscan que las autoridades puedan analizar los riesgos a los que exponen a los ciudadanos con este tipo de medidas.

COMPETENCIA DESLEAL. En el fallo de la Sala Constitucional, el abogado accionante de Global System SA afirma que “se ve imposibilitada a cumplir con todas las exigencias monopólicas que se exigen para el registro sanitario del producto”, dijo Luján García, también representante de Caimpeco. Sin embargo, aclaró que estas mismas exigencias son las que los distribuidores formales deben cumplir y para lo cual hacen grandes inversiones, por lo que dan paso a una competencia desleal.

El sector comercial del rubro de perfumería y cosméticos de por sí se veía afectado por el bajo consumo que está resintiendo este año la economía nacional, según señala un informe del BCP. La caída de las ventas en la frontera también afectó al sector, resalta Caimpeco.

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