29 mar. 2024

Hacienda critica fallo de la Corte que otorga privilegio a agroexportadoras

El Ministerio de Hacienda desacreditó los argumentos del máximo tribunal del país para permitir la devolución del 100% del IVA a 11 agroexportadoras, situación que califica como un “injusto privilegio”.

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Ministerio de Hacienda. Foto: agenciaIP.

En un comunicado emitido ayer, el Ministerio de Hacienda analizó detalladamente las consecuencias del fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que dispone la devolución del 100% del IVA a las agroexportadoras que promovieron la acción de inconstitucionalidad.

“La eventual devolución del 100% del IVA a estas agroexportadoras las pondría en una situación de injusto privilegio, al concederles un beneficio que no tienen otros sectores. Además, como ya se ha comentado previamente, esto tendrá un impacto fuertemente negativo en la recaudación tributaria efectiva del Estado, restando recursos para el financiamiento de los programas sociales”, advierte.

En el comunicado se pusieron a disposición los datos de los impuestos declarados por las 11 agroexportadoras que promovieron esta acción, desde los años 2009 al 2016 (ver infografía), de tal manera a evaluar el impacto que tendría la medida de la Corte en las recaudaciones del Fisco.

Hacienda destaca nuevamente el monto que podría dejar de recaudar con este fallo. Desde el año 2014 y hasta el cierre del 2016, estas empresas recibieron unos G. 661.000 millones (USD 125 millones) en concepto de devolución de créditos fiscales. Si a este monto se suma lo devuelto en el 2017, el total resultante superaría los USD 140 millones de devolución.

Con estos datos, los técnicos de Hacienda están construyendo los diversos escenarios que se tendrán que enfrentar “ante la sustancial reducción de las recaudaciones que podría darse”, indica el texto.

“En definitiva, con el fallo de la Corte la contribución neta del sector agroexportador se tornaría aún más negativa en los próximos años”, concluye.

Este análisis se suma a las duras críticas de la propia ministra de Hacienda, Lea Giménez, quien ni bien se conoció la decisión de la CSJ, dijo que las empresas beneficiadas pertenecen a los sectores más privilegiados en materia de pago de impuestos.

La cartera estatal aún no ha sido notificada oficialmente por la Corte Suprema acerca de su sentencia.

Argumentos. En otra parte, el Ministerio de Hacienda analiza los argumentos de la Corte para hacer lugar al pedido.

Recordemos que la acción de inconstitucionalidad va contra artículos del Decreto Nº 1029/13, que limitaban al 50% la devolución del IVA para las empresas que exportan productos elaborados a partir de la soja, como el aceite. Este decreto reglamentó la Ley 5061/13, la cual establece que la devolución del IVA debía ser selectiva: empresas que industrializan obtenían el 100% de devolución del IVA y aquellas que no agregan valor dentro del territorio paraguayo solo el 50% de devolución.

Con el decreto, se calificó a las industrias locales de molienda como “de procesos básicos e incipientes”, y, por ende, con derecho a la devolución solo del 50% del IVA.

Para el Ministerio de Hacienda, contrariamente a lo que argumentó la Corte, el decreto interpreta correctamente los procesos de transformación de estas industrias.

“La cuestión de fondo radica en el supuesto ‘carácter industrial’ que atribuyen algunos miembros de la Corte a los bienes exportados derivados de la producción sojera, específicamente los aceites desgomados y otros, que en realidad requieren ser sometidos a otros procesos industriales para convertirse en productos terminados”, explica la cartera estatal. “Dicha interpretación judicial contraviene criterios aplicados internacionalmente, en virtud de los cuales estos insumos, por su incipiente grado de procesamiento, son considerados commodities y se cotizan en Bolsa de Comercio de Chicago”, agrega.

Tratándose entonces de bienes con incipiente grado de procesamiento y eminentemente primarios, dado que son insumos intermedios y no bienes finales para consumo, corresponde la devolución de solo el 50% del IVA por la exportación de los mismos, según la interpretación que hace el Ministerio de Hacienda en su comunicado.

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Pretenden fortalecer a la industria
Ante el aluvión de críticas del Ministerio de Hacienda y de los gremios de productores, la Cámara Paraguaya de Procesadores de Oleaginosas y Cereales (Cappro) respondió y aseguró que este fallo de la Corte permitirá fortalecer a la industria en Paraguay, la cual no ha tenido incentivos importantes, como sí ocurre en otros países. Con el decreto, “se generaba una asimetría entre las empresas que decidieron invertir y agregar valor en Paraguay con respecto a aquellas que prefirieron invertir en otros países y llevar la materia prima paraguaya para que se procese fuera de Paraguay”, explicaron los miembros de la Cappro en un espacio reservado. “El productor paga el IVA cuando compra sus insumos, y las industrias le pagan al productor el IVA cuando compran sus granos. Es este último IVA el que se va a devolver a las industrias (su propio dinero)”, manifiesta otra parte del comunicado de la Cappro.

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