Mientras que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas sostiene que los ministros no son funcionarios públicos –porque están excluidos de la Ley de la Función Pública– y, por lo tanto, no hay impedimentos para que ellos o sus familiares sean proveedores del Estado, abogados consultados al respecto advirtieron que se trata de una interpretación “forzada” de las leyes. También plantearon que existen indicios para que la Fiscalía estudie de oficio las denuncias de ÚH.
“En primer lugar hay que analizar que esos funcionarios están desempeñando una función pública. En segundo lugar, en derecho administrativo lo que no está expresamente permitido, está prohibido”, comentó el abogado penalista y ex magistrado Jorge Bogarín, ayer a la 800 AM.
“Quizás pueden estar excluidos de la Ley de la Función Pública, pero hay que considerar que desempeñan una función pública. Me parece muy forzada esa interpretación de que no son funcionarios y por eso pueden contratar con el Gobierno, del cual ellos son exponentes, eso es demasiado forzado”, añadió.
En ese sentido, Miguel Abdón Saguier, abogado y senador liberal, recalcó que tanto parlamentarios como ministros de la Corte también están excluidos de la Ley de la Función Pública, pero de todas formas son funcionarios públicos.
Con respecto a los negocios del jefe de Gabinete Civil de Cartes, Juan Carlos López Moreira, Saguier opinó que no se trata siquiera de un ministro, ya que no está a cargo de un ministerio creado por ley. “Aun no siendo ministro, a cualquier funcionario público le está prohibido ejercer sus influencias, la influencia del cargo, en cualquier tipo de actividad. En este caso, una actividad en el ámbito empresarial”, indicó.
Por su parte, José Casañas Levi, abogado y ex fiscal de Delitos Económicos, señaló que “la cuestión no es tan simple como la interpretación de Contrataciones Públicas”.
“El ordenamiento jurídico paraguayo en cuanto a funcionarios públicos es bastante complejo, tiene definiciones de funcionario tanto en el Código Penal, como en la Ley 1626, como en la ley de enriquecimiento ilícito. Tiene distintas definiciones. En el aspecto penal, en la ley de enriquecimiento, tiene algunas figuras que son bastante amplias, en el sentido de la conducta de los funcionarios”, explicó Casañas Levi.
INVESTIGACIÓN. El abogado Bogarín recalcó que a partir de las publicaciones de ÚH, la Fiscalía tiene elementos suficientes para abrir una investigación de oficio. “Con todo respeto digo, hay funcionarios de la Fiscalía que no conocen estos principios de derecho administrativo, entonces están haciendo la vista gorda a estas investigaciones”, manifestó.
NEGOCIOS. Además de su rol como superministro y principal asesor del presidente Cartes, López Moreira es accionista de President Energy, la principal buscadora de petróleo en el Chaco, y también tiene acciones en Royal Seguros SA, que aseguró obras del MOPC.
Por su parte, Francisco Barriocanal, también asesor de Cartes, tenía hasta julio del 2015 acciones en Aqua Group, que triplicó facturación al Estado durante este Gobierno. Cuando aún era parte de la empresa, su primo, el ministro de Obras Ramón Jiménez Gaona, le otorgó dos contratos.