29 mar. 2024

En junio, Conasam deberá revisar otra vez el salario mínimo

Conforme lo que dispone la modificación de la Ley N° 5764 del Código del Trabajo, promulgada en noviembre del año pasado, en el mes de junio de cada año los miembros del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam) deberán reunirse para analizar la situación del salario básico legal.

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Paraguay se encuentra entre los países con salario mínimo más alto de la región.


Foto: Archivo.

Desde diciembre del año pasado empezó a regir el salario mínimo actual fijado en G 1.964.507, lo que significó un incremento del 7,7%.

Este aumento se había tomado con base en la inflación acumulada del mes de marzo del año 2014 hasta el mes de octubre del año pasado.

El mencionado consejo deberá verificar el próximo mes la inflación acumulada que registra el Banco Central del Paraguay (BCP) a partir de noviembre del año pasado hasta mayo de 2017.

El incremento del costo de vida hasta abril ya suma un 3,6%, según se puede observar en el resumen histórico de inflación que aparece en el anexo estadístico del BCP.

Ayer, tras la presentación de la cifra de inflación al mes de abril, los técnicos de la banca matriz recordaron que esta nueva metodología de cálculo lo que busca es que las compensaciones se hagan de forma menos prolongada.

No obstante, como los niveles inflacionarios son bajos, estos ajustes de la misma manera también serían solo en porcentaje acumulado.

Tras la recomendación que haga en junio la Conasam al Poder Ejecutivo, este decidirá si incrementa o no el actual salario mínimo.

La Cifra
3,6 por ciento es la inflación acumulada de noviembre pasado hasta abril de este año, según el BCP.

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