19 mar. 2024

El robo de la bicicleta y el golpe disimulado

Alfredo Boccia Paz – galiboc@tigo.com

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Supongamos que un ciudadano entabla una querella judicial contra su vecino, a quien acusa de haberle robado su bicicleta. El caso llega a la Corte, la que declara inocente al imputado. Entonces, el ciudadano inicia otra demanda por el robo de la misma bicicleta, solo que ahora incluye a la mujer del vecino, acusándola de cómplice. Obviamente, la Justicia rechazará el pedido, pues nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito. Se trata del mismo hecho, el robo de la bicicleta, por lo que la inclusión de otro involucrado no cambia el fondo de la cuestión. Puro sentido común.

Pues bien, hace unos meses el Senado rechazó el proyecto de la enmienda constitucional. El artículo 290 de la Constitución Nacional es claro: si la enmienda fuera rechazada en una de las Cámaras no podrá volver a presentarse, sino un año después, es decir, en agosto del 2017. Ahora vuelven a plantear un nuevo proyecto con algunos agregados. Le suman otros artículos para disimular que se trata de lo mismo. Nos creen tontos. No es un proyecto distinto, por más colas que le adosen. Aprobarlo sería una violación a la Constitución.

Como sus argumentos son endebles, apelan a un razonamiento que consideran invencible. En política, si existen los votos, se puede hacer cualquier cosa, dicen. Sostienen que lo más democrático es consultar al pueblo. La soberanía popular dirá si es o no una violación constitucional. Y no es así. Lo explicó con meridiana claridad el jurista Jorge Seall, en una entrevista con Luis Bareiro. Tener los votos no autoriza a hacer lo que se quiera. Se trata de la crucial tensión entre la democracia liberal y el sistema constitucional. La Constitución y las leyes le ponen límites a la soberanía. Una mayoría coyuntural podría, por ejemplo, estar a favor del exterminio de los judíos o de la prohibición del ingreso de los negros a las escuelas públicas, pero no por eso la decisión sería legal o moralmente aceptable.

Las Cartas Magnas son pactos sociales que garantizan, justamente los derechos de las minorías, evitando dar todo el poder a una sola persona o grupo de individuos. De lo contrario, ¿para qué necesitaríamos una Constitución?

A propósito, fíjese lo que escribieron nuestros constituyentes de 1992 en el artículo 2: “En la República del Paraguay, la soberanía reside en el pueblo, que la ejerce, conforme con lo dispuesto en esta Constitución”. Lea de nuevo el tramo final de la frase. Entenderá por qué los que sostienen que la voluntad popular admite cualquier cosa le están tomando el pelo.

Será una violación con putrefacto olor a golpe y despotismo. Es un golpe diferente a los anteriores. No se ven botas ni uniformes; no se adivinan oscuras corporaciones conservadoras diseñando un método blando; este es un golpe multicolor ataviado de disimulo. Pero sigue siendo un golpe. Del que tendrán que hacerse cargo quienes lo impulsen.

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