19 abr. 2024

Dictamen duda de aplicación de ley de atención al cliente

El polémico proyecto de ley de “Optimización de los Servicios a la Atención al Cliente”, aparece para su tratamiento en la sesión ordinaria de Diputados de esta tarde. Mientras, se siguen sumando argumentos en contra de la propuesta, como la imposibilidad de aplicación de varios de sus artículos, lo que fue advertido por el abogado Javier Parquet Villagra, en un dictamen jurídico solicitado por el Centro de Regulación Normas y Estudios de la Comunicación (Cerneco).

Polémica.  Proyecto de atención al cliente genera fricción.

Polémica. Proyecto de atención al cliente genera fricción.

El proyecto de ley figura en el quinto punto del orden del día de la sesión de la fecha de la Cámara Baja. Hasta ahora, no están definidas las posturas del sector oficialista y de la oposición sobre el proyecto impulsado por el liberal Dionisio Amarilla.

Pese a que el documento ya cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Industria, esto no implica que el proyecto sea aprobado por el pleno y mucho menos tratado. No se descarta, en este contexto, el aplazamiento de su estudio, atendiendo, fundamentalmente, a la elevada cantidad de cuestionamientos que tiene, fundamentalmente, de las empresas privadas como supermercados, de telefonía y entidades bancarias.

DICTAMEN.Si bien todos los gremios empresariales e industriales sentaron desde un principio posturas de rechazo categórico, además de críticas al proyecto en cuestión, también pidieron estudios de carácter legal de aplicación.

En su análisis, Parquet Villagra refiere que “en anteriores revisiones realizadas al proyecto se ha mencionado que los tiempos establecidos como obligatorios para atención al cliente, específicamente en lo mencionado en el Art. 7°, serían de cumplimiento imposible, ya que por la cantidad de clientes que realizan llamadas a los servicios de call center se debería contratar a un gran de número de funcionarios que se dediquen exclusivamente a contestar las llamadas, además de ocasionar un costo muy elevado para la empresas, pues si la prestación no puede ser realizada de forma directa deberá ser realizada de forma indirecta o por subcontratación”.

Añade que esta disposición también alcanzará a entidades públicas prestadoras de servicios, que deberán contratar a una mayor cantidad de funcionarios o empresas tercerizadas para la prestación del servicio. “Por lo tanto, deberán preguntarse si se encontrará el Estado en condiciones de cumplir con las exigencias establecidas por la nueva Ley”, agrega Parquet.

Seguidamente, insta a establecer en el artículo 20º la redacción de que para terminar un contrato con la prestadora, el cliente podrá hacerlo en el momento que lo desee, pero toda vez que el mismo se encuentre en cumplimiento de todas sus obligaciones con la prestadora.

El asesor jurídico considera que en el artículo 21º del proyecto se tenga en cuenta que, de existir una obligación por parte de los empresarios de este tipo de comercios de contratar mayor cantidad de personal de atención en las cajas, implicaría elevar los costos fijos, lo que se traduciría en el aumento de precios de venta de los productos, a fin de cubrir los nuevos costos de personal. En cuanto al artículo 22º, el abogado cita el caso de las exigencias de seguridad para entidades bancarias, atendiendo a que el proyecto deja sin efecto prohibiciones como la de no usar celulares, quepis o lentes.