23 abr. 2024

CGR descarta sugerir que los docentes no cobren en enero

El dictamen de la Dirección de Control de la Administración Descentralizada de la Contraloría General de la República (CGR), cuyas observaciones pusieron los pelos de punta a los rectores de las universidades públicas, finalmente está siendo sometido a revisión por el propio órgano estatal.

Enrique García,  contralor.

“En la Contraloría no vamos, en este caso ni en ningún otro, a echar manos
en criterios que contravengan el orden jurídico.
Enrique García, contralor.

En contraposición a lo recomendado en los informes de auditoría hecha a la Universidad Nacional del Este (UNE), el contralor Enrique García descartó que la CGR llegue a solicitar la devolución de los haberes de enero percibidos por los docentes de distintas unidades académicas de esa casa de estudios.

La Contraloría se encuentra realizando un análisis de las remuneraciones y pagos realizados por la UNE en el ejercicio fiscal 2015, a raíz de las denuncias de corrupción realizadas durante la revuelta estudiantil #UNAnotecalles.

Surgieron varios dictámenes cuyos informes son sometidos a revisión mediante el descargo de la institución educativa, quien alegó el artículo 45 de la Ley 4995, el cual ampara el derecho de los docentes a percibir sus honorarios en receso, asueto, entre otros. “Las observaciones de la Contraloría siempre están en revisión en el sentido de que son procesos que involucran la directa intervención de los entes sometidos a control (...) Los argumentos, documentaciones y el razonamiento que incluyen los descargos de estas instituciones siempre son objetos de análisis y sometidos a revisión y ponderación”, indicó.

De ahí que solo emitieron –dijo– un “plan de mejoramiento”. Admitió que es “correcta la apreciación que se expone” en la ley de Educación Superior y en la Contraloría –afirmó- “la alegada vigencia de la Ley 4995 es correcta, en el sentido de que en enero, si bien no reconoce actividades académicas protocolares, no es un mes que esté exento de trabajos vinculados a la docencia”.

Pero, reforzó que “si la ley autoriza el uso de las vacaciones o de lo que sea que tenga que llamar bajo la figura que sea autorizada, incluyendo el pago del mes de enero aunque no existan actividades en aula, eso es lo que vamos a respetar”. Coincide, así, que los docentes escalafonados pueden cobrar enero, pero en la medida en que se traten de contratos anuales y quinquenales, como se vio en algunos casos auditados. “La inexistencia de actividades en aula no significa la inexistencia de trabajo o la desaparición del vínculo contractual o que no tengan vacaciones pagas contempladas en el derecho laboral”, concedió.

Desorden. García aclaró que de la auditoría a la UNE verificaron irregularidades debido a un desorden administrativo. “Las asignaciones de contraprestaciones, a título de salario, se imputaron incorrectamente bajo rubros de pagos por trabajos administrativos y no por trabajo docente”, refirió uno a modo de ejemplo.

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