03 ago. 2025

“Blanco va a seguir hasta el final del juicio y no piensa renunciar”

Ex juez de primera instancia asumió la defensa del ministro de la Corte Suprema. El letrado sostiene que con sacar a un magistrado de la máxima instancia no se soluciona el problema de la Justicia. Habla de errores de fondo y forma.

Preparativos.  El abogado Jorge Bogarín dice que se refutarán todas  las acusaciones.

Preparativos. El abogado Jorge Bogarín dice que se refutarán todas las acusaciones.

Por Patricia Vargas

@patriciavargasq

El abogado Jorge Bogarín es el defensor del ministro de la Corte Suprema de Justicia Sindulfo Blanco, cuyo proceso de juicio político se inició el miércoles. El ex juez de primera instancia alega que entró a este caso “como un acto de rebeldía contra las características del sistema judicial” en donde los políticos buscan tener ministros a la medida. “Si no sos de un partido, no podes ser ministro. Se quiere cambiar indebidamente a un ministro de la Corte”, empezó diciendo. Afirmó que se habla de la renovación del Poder Judicial, pero se preguntó: "¿Qué logramos cambiando a un ministro? ¿Qué renovación va a haber con eso?”.

–¿Cómo plantea enfrentar la sesión del próximo 26 (día del descargo de la defensa)?

–Con el doctor Horacio Galeano Perrone (ex ministro de Educación) estructuramos la división de la defensa. Él trabajará más en la naturaleza política del juicio y en mi caso en lo jurídico. Juntos analizamos los nueve puntos de la acusación. El ministro es consciente de que si se reúnen los 30 votos, no serán para declararlo inocente, sino para destituirlo. Nos ha encomendado labor técnica y jurídica. Encontramos muchos defectos de fondo y forma. Además hay un reglamento deficiente.

–Al ministro Sindulfo Blanco lo acusan de haber perdido la honorabilidad porque supuestamente mintió. ¿Cómo se defenderá ante esto?

–La acusación se basa en el hecho de que el ministro mintió al Senado en el momento de su postulación al decir que solo se quedaba 5 años y luego fue declarado inamovible. Sin embargo, en los documentos de la acusación del acta de la sesión del 2004 no existe ninguna expresión del ministro que habla de los 5 años.

–Pero en esa época el ministro declaró lo de los 5 años a la prensa...

-Habría que preguntarse hasta qué punto aparentemente mintió al Senado. No lo habló en la sesión como dice la acusación y esa parte es lo que deben demostrar los fiscales acusadores. En la norma de la Constitución dice que será removido por juicio político y algunos entienden que debe quedarse hasta los 75 años.

–También acusan a su cliente de fallar en contra de la Constitución por dar vía libre a la comercialización de tripolifosfato de sodio, elemento contaminante. ¿Qué alegarán al respecto?

–El juicio político no es ordinario, pero también hay ciertos aspectos que indican que el Senado está haciendo valoraciones que creemos que no corresponden. Se está convirtiendo, en algunos casos, en cuarta instancia y en un Estado de Derecho eso no se debe permitir. El ministro Blanco es integrante de la Sala Penal, y en algunos casos de la Sala Constitucional. Las salas tienen tres miembros y solo apuntaron a él (a Blanco). Eso es lo que llama la atención. La resolución con la sola firma de un ministro no sirve. Acá no estamos hablando de un juez de primera instancia resolviendo solo.

–¿Usted dice que el Congreso no puede analizar los fallos de la Corte en un juicio político?

–El Senado se erige en Tribunal y debe juzgar el mal desempeño y comisión de delitos, pero primero habrá que definir el mal desempeño y los delitos. Se habla de prevaricato y son fallos firmados en el contexto de un colegiado. ¿Hasta qué punto ellos pueden ser una cuarta instancia?

–Otra de las acusaciones tiene que ver con la remoción del ex magistrado Atilio Saguier. ¿Qué pasó ahí?

–Ese juez obtuvo una decisión desfavorable del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) que lo había destituido del cargo. Se dicta una medida cautelar suspendiendo los efectos del JEM, pero la decisión final es del pleno de la Corte, de todos, de los nueve ministros y no solo el ministro Blanco.

–¿Por qué el ministro hace uso de la famosa certeza constitucional? Es otro de los puntos de la acusación.

–Es una acción que es considerada válida. Estamos pidiendo una lista de las acciones dictadas en ese sentido y abiertamente (la certeza constitucional) no está en forma expresa en la Constitución, pero en el mismo ordenamiento jurídico están los tratados, leyes, códigos, jurisprudencia, etc. Hay jurisprudencia firme y contundente sobre la certeza constitucional. La certeza forma parte de las atribuciones que tiene la Corte Suprema. Hay acciones planteadas por la Procuraduría General de la República y ellas han obtenido resultados favorables. No es una acción fantasma. Hay fallos de los nuevos integrantes de la Corte que hacen lugar a la certeza constitucional y eso lo vamos a demostrar.

–¿Compró Blanco tierras malhabidas?

–En 1987, el entonces abogado Blanco adquiere la tierra, luego se disuelve la sociedad conyugal y ella (la ex esposa) luego la vende. Estamos juntando documentaciones en ese sentido.

–Su defendido también está en la mira de los senadores por haber reducido la pena de un caso específico (de Fabio Ruffato). ¿Cuál es la explicación a esto?

–Dicen que hay prevaricato. Ya fue denunciado el ministro Blanco en su momento y hay un requerimiento de desestimación por parte de la ex fiscal del caso. No hay hecho nuevo por el cual reabrir el caso. La Constitución dice que ningún ciudadano puede ser juzgado por el mismo hecho dos veces. No se puede hablar ahora de prevaricato de algo que ya fue juzgado.

–¿Qué dice el doctor Blanco?

–Lo veo que pone mucha atención. Quiere que se aclaren cada uno de los casos. No ha manifestado la intención de presentar renuncia antes de que finalice el juicio político y está dispuesto a aceptar el mandato. El país ya tuvo consecuencias en el caso del juicio político a Fernando Lugo.

–¿Cree que ahora se respeta el proceso al menos en lo que refiere al tiempo que dan a la defensa?

–Al menos en el tiempo sí, pero si nos ponemos a analizar el reglamento se dice que el juicio puede estar sin el acusado ni sus representantes y eso es inadmisible. Otra parte dice que si se reúnen los 30, ya hay condena y se obvia que esos pueden ser votos para la absolución también. Hay series de aspecto a analizar aún.