Sin embargo, en caso de que se apruebe la reforma en el Parlamento, se podría también abrir la posibilidad de que se incluya al texto constitucional la figura de la reelección presidencial.
Esta situación podría ser aprovechada por varios sectores políticos que buscan que los ex presidentes Fernando Lugo y Nicanor Duarte Frutos sean reelectos al igual que el actual gobernante, Horacio Cartes.
El presidente de la Asociación de Fiscales, Ariel Martínez, aseguró que nunca se pensó en la reelección sino en otras necesidades que son prioridad para el país.
Según el artículo 289 de la Carta Magna, un pedido de reforma pueden hacerlo el veinticinco por ciento de los legisladores de cualquiera de las Cámaras del Congreso, el presidente de la República o treinta mil electores, en petición firmada que es lo que finalmente los abogados consiguieron.
La declaración de la necesidad de la reforma solo será aprobada por mayoría absoluta de dos tercios de los miembros de cada Cámara del Congreso. Es decir, 30 votos de la Cámara de Senadores y 54 de la Cámara de Diputados.
Una vez decidida la necesidad de la reforma, el Tribunal Superior, de Justicia Electoral llamará a elecciones dentro del plazo de 180 días, en comicios generales que no coincidan con ningún otro.
El número de miembros de la Convención Nacional Constituyente no podrá exceder del total de los integrantes del Congreso.