El tribunal de sentencia integrado por Carlos Ortiz, Gustavo Amarilla y Arnaldo Fleitas condenó a 3 años y 6 meses a Toribio Cipriano Ramírez por el delito de abuso sexual en niños. El órgano juzgador también dispuso que el condenado no vidente guarde arresto domiciliario hasta tanto la Cámara de Apelaciones se expida sobre la cuestión planteada.
El hecho punible por el cual fue acusado ocurrió el 1 de julio del 2004 a las 16, en la escuela residencial de ciegos Santa Lucía de Asunción.
El carácter de ciego del procesado influyó para que la privación de libertad lo mantenga en su casa hasta que quede firme la sentencia.
La acusación sostuvo que cuando ocurrió el delito, el sentenciado estaba en la clase de manualidades en su función de profesor, con dos alumnos no videntes. En ese lugar había manoseado a una niña de 12 años.
El tribunal fundamentó que, según los elementos probatorios, se halla comprobada la perpetración del hecho punible conforme a los resultados de las pericias y las testificales. El juicio oral se desarrolló a puertas cerradas por involucrar a una menor de edad.
La sentencia emitida corresponde a la primera instancia del procedimiento penal. Luego, ante una eventual apelación de las partes, el caso será derivado al tribunal de alzada y hasta podría llegar a la Corte Suprema de Justicia, que generalmente los abogados utilizan como tercera instancia.
DISIDENCIA. La fiscala Martha Sandoval, quien pidió 6 años de cárcel, explicó que “vamos a estudiar la sentencia y el fondo de la cuestión, los argumentos esgrimidos. El tribunal tuvo en cuenta en mayoría la situación especial de no vidente para el arresto domiciliario”.
La agente del Ministerio Público dijo que el presidente del tribunal, doctor Carlos Ortiz Barrios, se opuso a que el condenado guarde reclusión en su casa porque no debe haber diferencias entre las personas. “La ley no determina esa situación”, dijo la fiscala. Al final salió el voto en mayoría para que esté recluido el sentenciado en su vivienda, comentó.