El Tribunal de Apelación Penal, anuló la pena de 4 años de cárcel aplicada a Justo Pastor Cárdenas, ex titular del Instituto de Desarrollo Rural y de la Tierra (Indert), por lo que se repetirá el juicio oral, para determinar la pena a ser aplicada.
Con ello, se ratifica que el mismo es culpable de los hechos, a más de la absolución de los hijos del encausado, Allan Cárdenas Rodríguez, Justo Cárdenas Pappalardo y Alexandra Cárdenas Pappalardo, hijos del condenado.
Asimismo, fue ratificado el comiso especial de sus bienes por la suma de G. 3.200.000.000 por enriquecimiento Ilícito.
El Tribunal de Apelación estuvo integrado por los camaristas Pedro Mayor Martínez, Gustavo Santander y Emiliano Rolón, quienes estudiaron la apelación de la defensa del acusado y de la fiscala Natalia Fúster Careaga.
En el juicio oral, el 9 de abril del 2021, los jueces Manuel Aguirre, Rosana Maldonado y Blanca Gorostiaga, habían condenado a Justo Cárdenas a la citada pena de 4 años de encierro, más el comiso especial por G. 3.200 millones.
Hubo voto dividido de los camaristas. El magistrado Emiliano Rolón entendió que la sentencia se ajustaba a derecho, por lo que había que confirmar el fallo en todos sus puntos.
Por su parte, los camaristas Pedro Mayor Martínez y Gustavo Santander, votaron por la nulidad de la pena aplicada, de modo a que se realice otro juicio oral para determinarla.
Según el voto en mayoría, en el caso de Cárdenas, hubo concurso de delitos de enriquecimiento ilícito y lavado de dinero, por lo que la máxima pena que podía ser aplicada era de 15 años de encierro.
Sin embargo, alegan los camaristas que este concurso de hechos punibles no fue tomado en cuenta a la hora de aplicar la pena, lo que la falta de fundamentación sobre el tema, es una causal de nulidad del fallo con respecto a la condena aplicada.
En el juicio oral, la agente Natalia Fúster había requerido nada menos que 11 años de cárcel, pero los jueces le aplicaron cuatro años de encierro, a más del comiso especial.
LOS HIJOS. Sobre los hijos del acusado, la agente requirió la pena de 2 años y medio de prisión para Justo Cárdenas Pappalardo, 2 años para Alexandra Cárdenas Pappalardo y 1 año para Allan Cárdenas Rodríguez.
No obstante, los jueces absolvieron a estos tres acusados, pero la fiscalía no apeló la resolución contra estos procesados, por lo que ya está firme la resolución.
Con respecto al comiso especial, los bienes afectados son: Un departamento en el Edificio Balcones del Parque de Asunción, barrio Las Mercedes, adquirido por USD 196.000; y un inmueble Luque, zona Rakiura, con 4 dúplex construidos, adquirida por G. 250.000.000.
Además, acciones en la firma Agroindustrial Ganadera JPC SA por G. 600.000.000; la suma de USD 180.700 depositados en la sucesión de Elisa Nunes de Cárdenas, madre del condenado Justo Cárdenas.
No obstante, la defensa podría recurrir a un recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal de la Corte Suprema con relación a la confirmación de la reprochabilidad de Cárdenas, que sí fueron confirmados por el Tribunal de Apelación.