La sentencia no se halla firme debido a que la defensa promovió el 10 de enero pasado un recurso extraordinario de casación directa, donde pide anular la condena, lo que es estudiado ahora por la Sala Penal de la Corte.
Stadecker estaba internado desde el mes de noviembre del 2022, en el Sanatorio La Costa, por las enfermedades que padecía, por lo que su juicio culminó con su participación por vía telemática.
Sin embargo, el citado centro médico informó que los médicos intervinientes José Javier Zarza Ortiz y Aldo Rafael Benítez García dieron el alta definitiva a Stadecker, el pasado 31 de enero del corriente año.
Con ello, el juez Aguirre, refiere que correspondía dar cumplimiento a lo resuelto por sentencia definitiva del mes de diciembre del 2022, donde fue condenado a la pena de 28 años de cárcel.
En la sentencia se ratificó la resolución dictada por la jueza de Garantías Lici Teresita Sánchez, del 19 de diciembre del 2017, donde se dictó su prisión preventiva.
Con esto, Gerardo Stadecker ya cumplió más de 5 años y un mes de prisión preventiva, sin que hasta el momento la sentencia se encuentre firme.
El mismo fue declarado culpable en el juicio oral por la muerte de su esposa Sabryna Breuer, ocurrido en su domicilio el 17 de diciembre del 2017. Dos días después fue imputado por feminicidio.
CASACIÓN. Con respecto al recurso extraordinario de casación directa, el mismo fue presentado por la defensa ante la Sala Penal de la Corte el pasado 10 de enero.
Según fuentes del Máximo Tribunal de la República, la ministra Carolina Llanes es preopinante para estudiar la admisibilidad del recurso promovido por Stadecker.
Además de la citada ministra, integran la Sala hasta el momento, los ministros Manuel Ramírez Candia y Luis María Benítez Riera, miembros originales.
Si los ministros entienden que el mismo es admisible para su estudio, se pedirá que el expediente principal sea traído para su estudio. Asimismo, se correrá traslado a la Fiscalía y a la querella, y luego a la Fiscalía General del Estado.
En caso de que no sea admisible, eventualmente, la Corte también puede decidir que el pedido sea estudiado por el Tribunal de Apelación Penal, como recurso de apelación especial.