28 mar. 2024

Tras 8 años, seguro médico del IPS para artistas sigue sin aplicarse

La Ley 4199 del 2010, que establece seguro médico del IPS para artistas, sigue sin aplicarse. La previsional asegura que la normativa “es inviable”. En tanto, la comisión encargada del tema tiene mandato fenecido.

Sergio Noe

El músico Efrén Kamba’i Echeverría, que falleció esta semana, figuraba como el número uno de una lista de 43 artistas pendientes de ser beneficiados con la cobertura médica del Instituto de Previsión Social (IPS), establecida por la Ley 4199 del 2010 y que garantiza el seguro social para músicos, autores, compositores y cultores del arte en general, sin relación de dependencia.

A ocho años de su aprobación, y cuatro de la conformación de la comisión de certificación de artistas, la normativa sigue sin aplicarse. El debate principal ahora gira en torno al porcentaje de aporte que deben realizar los artistas a la previsional.

PORCENTAJE. Mientras que la Ley 4199 señala en su artículo cuarto que “el monto de los aportes que efectuarán mensualmente los beneficiarios de la ley no será superior al 5,5% del salario mínimo”, fuentes de la previsional sostienen que ese porcentaje es “inviable” para garantizar las prestaciones de salud a sus usuarios.

“La posición del IPS con respecto al aporte previsto en esa ley (que es de 5,5%) es inviable para ofrecer un seguro de salud y de pensiones, y por eso, quedó sin aplicarse. Incluso, se propuso una modificación de la ley para que así sea viable la incorporación de estos artistas”, explica Pedro Halley, gerente de prestaciones económicas del IPS.

Agrega que están negociando una salida favorable para los trabajadores de este sector, con agentes del Ministerio del Trabajo, a fin de ajustar el porcentaje de aporte, que es el principal obstáculo.

Halley recuerda que está vigente una ley para que los “trabajadores independientes” accedan al seguro de pensiones del IPS, la cual sería una vía para que los artistas accedan al beneficio de la jubilación, pero no así del seguro médico, aclara.

El funcionario del IPS sostiene que todos los trabajadores del país cotizan actualmente el 9% sobre el salario mínimo, además del aporte del empleador del 16,5%, correspondiente a los aportes para fondos de salud y pensión.

En ese sentido, Halley considera que el IPS debe regirse por un “principio de igualdad”, por el cual los artistas deben cotizar el mismo aporte que un obrero –el 9%– para acceder a las prestaciones de salud y pensión.

En tanto, la Comisión de Certificación de artistas –creada en el 2014– actualmente no puede tomar decisiones sobre el tema porque feneció su mandato y aún está pendiente de renovación, según confirmó Margarita Orué, del Ministerio de Educación e integrante de la citada comisión.

Las cifras
43 artistas figuran en la nómina de inscriptos para acceder al beneficio. Los nombres son sugeridos por los gremios.
5,5 es el porcentaje de aporte sobre el salario mínimo que establece la ley, lo que serían G. 112.262.
9 es el porcentaje de aporte sobre el salario mínimo que propone el sector técnico de IPS para incorporar a los artistas
8 años ya transcurrieron desde la promulgación de la Ley 4199, del seguro social para los artistas y que aún sigue sin aplicarse.
183.701 guaraníes es la cifra que la previsional sugiere que pague el artista al IPS para el seguro médico, aportando así 9%.
7 miembros integran la Comisión de Certificación, con dos del sector público (MEC y Trabajo) y cinco gremios (APA, AMP, Cepate, Oprap y Gente de Arte).