Con el objetivo de optimizar la gestión y los procesos que apoyan al sistema impositivo nacional, la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), por medio de la Resolución General 93/21 firmada por Óscar Orué, dejó sin efecto la obligación del registro de datos biométricos para la realización de trámites por parte de los contribuyentes y responsables ante esta cartera de Estado. Esto regirá a partir del 1 de agosto.
Si bien el registro de datos biométricos se trata de un mecanismo seguro que permite tener certeza de la identidad de las personas que se inscriben y realizan trámites ante la institución, actualmente la Administración Tributaria se encuentra abocada a la implementación de la firma digital, dispuesta por la Ley 4017/10 y sus modificatorias.
En ese sentido, la próxima adopción de la firma electrónica certificada para la realización de trámites ante la SET a través de los sistemas informáticos contribuirá a que sean efectuados en forma segura, garantizando la identidad, integridad, autenticidad y no repudio de las gestiones.
FRACCIONAMIENTO. La Administración Tributaria también dio a conocer la Resolución 92/21, mediante la cual modifica la reglamentación para el otorgamiento y la gestión de facilidades de pago a contribuyentes apremiados por la Abogacía del Tesoro, correspondiente a los certificados de deuda en proceso coactivo.
El fraccionamiento en cuestión consistirá en una entrega inicial mínima del 10% de la deuda apremiada y el saldo podrá ser solicitado hasta 12 cuotas mensuales.
Las resoluciones pueden verse en la web de la SET.