02 may. 2024

Sistema de gestión de inconsistencias

tributacion

La SET aclaró que no solicitaron ningún dato por correo.

Gentileza

P R E G U N T A:

Nos explica por favor en qué consisten las inconsistencias, valga la cacofonía, de la que habló recientemente Fabián Domínguez, el viceministro de Tributación, y a qué debe atenerse el contribuyente? Le agradeceré que nos ponga el link a los efectos de facilitar la información de uno al respecto.

R E S P U E S T A:

La novedad en la normativa de control tributario se nomina Sistema de Gestión de Inconsistencia, establecido por Resolución Nº1 22/2019. Afecta a los contribuyentes de manera autónoma, sin intervención humana directa. Como puede leerse en esa Resolución, son diferencias identificadas por el Sistema Marangatu, que surgen por la comparación entre la información presentada por el contribuyente en sus declaraciones juradas de liquidación de impuestos y las declaraciones juradas informativas presentadas por el mismo o por los Agentes de Información, así como situaciones relacionadas a los documentos timbrados, tales como facturas repetidas, aquellas con timbrado vencido, entre otras. Entra a tallar un “índice de riesgo” para el contribuyente, entendido como el valor numérico atribuido al mismo según las inconsistencias detectadas por la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), el que se obtendrá mediante el análisis de los datos e informaciones impositivas obrantes en los registros de la SET. Las siglas utilizadas en la mencionada Resolución son IRC-GI, provenientes de Índice de Riesgo del Contribuyente vs. Gestión de Inconsistencia.

IRC-GI y MARANDU. La SET calculará el IRC-GI de acuerdo a los parámetros definidos para la gestión de las inconsistencias, para cada categoría de contribuyentes (Grande, Mediano o Pequeño) determinando la cantidad de contribuyentes a gestionar en un periodo determinado. Realizada la selección de los contribuyentes que registren valores elevados en el IRC-GI, la SET remitirá al contribuyente una notificación al buzón Marandu en la bandeja de “Aviso de Inconsistencias Impositivas”, en la cual se indicará la cantidad de inconsistencias identificadas y el número de selección. La notificación a través del Marandu se considera efectivamente realizada para todos los efectos, al día hábil siguiente a la remisión del mensaje, por lo que el destinatario se considerará notificado a partir de esa fecha. Será necesaria la lectura del referido Aviso, para poder realizar cualquier otra gestión en el Sistema Marangatu (sic).

PLAZO PARA CUMPLIMIENTO. La norma dice textualmente: El contribuyente, por su parte, dispondrá de un plazo de 40 días hábiles e improrrogables para la verificación y el análisis de las inconsistencias notificadas y la información que consta en sus documentos contables Luego el afectado debe rectificar las declaraciones necesarias o realizar las aclaraciones correspondientes. En el caso de que el aviso de inconsistencia no fuera respondido dentro del plazo establecido, la SET dará por terminado el proceso y dicha situación afectará el valor numérico atribuido al Riesgo del Contribuyente – Timbrado (IRC-TI), para la determinación de la cantidad máxima de facturas y el plazo de vigencia de los timbrados.

TECNOLOGÍA AL SERVICIO DE MEJORES CONTROLES. En cualquiera de los casos el contribuyente deberá remitir su contestación a través de la opción que estará disponible en el Sistema Marangatu. La SET enviará un mensaje de recepción al Buzón Marandu, una vez que el contribuyente haya respondido. La Administración Tributaria considera que para mejorar el cumplimiento impositivo supone optimizar la gestión de los diversos procesos que apoyan al sistema tributario. El empleo de la tecnología permite al Fisco ahorrar costos e invertir menor tiempo en la gestión tributaria, constituyéndose así en una herramienta primordial para el cumplimiento de sus fines.

El link solicitado es https://www.set.gov.py buscando bajo Resolución General Nº 22/19.

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