Estas prohibiciones están establecidas en la Ley Nº 834/1996, Código Electoral paraguayo, en la que se estipula en forma clara que ningún negocios podrán vender bebidas que contenga alcohol que se podrán adquirir recién dos horas después de culminar los comicios mañana.
El Art. 335 del Código Electoral dispone que aquellos comerciantes que vendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes del inicio del acto eleccionario y en el día de las elecciones, abonarán una multa de 50 a 200 jornales mínimos.
Igualmente, está prohibida la celebración de espectáculos públicos hasta dos horas después de finalizar los comicios, la portación de armas, aún mediante autorización acordada por autoridades administrativas, en un radio inferior a doscientos metros de los locales de votación. Así también, la instalación de mesas de consulta por parte de las organizaciones políticas, en la misma distancia mencionada anteriormente.
Voto en el exterior. La Justicia Electoral intensificó los trabajos de divulgación del uso de la máquina de votación y la capacitación a agentes electorales en Argentina, Brasil, EEUU y España.
También se votará en Washington, en New York, en el condado de Westchester, y en el Estado de New Jersey.
En España se votará en Madrid, Barcelona, Málaga, se vota en el Ayuntamiento Bilbao (602 electores) y en Valencia, en el Consulado Honorario de Valencia (289 electores). En Alicante, se vota en el local de la Asociación Paraguaya de Alicante (325 paraguayos).
Los 540 electores con residencia en Brasil votarán en San Pablo en el local Igreja Maria Auxiliadora, hasta donde ya se desplegaron los técnicos con las máquinas.