Ahora, el juez deberá admitir la querella y solicitar el desafuero de la legisladora, conforme con la resolución de los camaristas Arnaldo Fleitas, Arnulfo Arias y Emiliano Rolón Fernández.
El juez Darío Báez había admitido la querella y dispuso comunicar a la Cámara de Diputados, pero esto fue anulado, por lo que el caso pasó al juez de Sentencia Carlos Hermosilla.
El magistrado, por resolución del 1 de abril pasado, había rechazado la querella planteada por el congresista Nazario Rojas, porque las declaraciones de su colega Celeste Amarilla se dieron en el Congreso, en el ejercicio de su función de parlamentaria.
Esto fue apelado por los abogados Óscar Tuma y Julio César Ferreira, debido a que supuestamente el juez interpretó erróneamente el artículo 191 de la Constitución, que los hechos punibles cometidos por los legisladores se rigen por el Código Procesal Penal, y que la inmunidad de palabra tenía límites, además que el juez adelantó el debate.
Los camaristas señalan que el juez debe admitir la querella y darle el trámite de comunicar a la Cámara de Diputados para que sea esta la que decida si corresponde o no privarle de los fueros.
Apuntan que el juez se equivocó al no darle trámite, ya que de esta manera el juez reinstala la figura del juez comandante del proceso, desdeñado en la construcción jurídica del proceso acusatorio.
Así, revocan la decisión del juez que deberá ahora darle el trámite a la querella y comunicar el caso a Diputados.