23 abr. 2024

Revés para ANR en casos de hábeas data por afiliaciones

Rechazado. Jueces no hacen lugar a aclaratorias de ANR.

Rechazado. Jueces no hacen lugar a aclaratorias de ANR.

Dos recursos de aclaratoria presentados por la Asociación Nacional Republicana (ANR) fueron rechazados por jueces que entienden en los casos de hábeas data promovidos por ciudadanos por afiliaciones sin consentimiento.

Estos recursos fueron presentados contra las sentencias que hicieron lugar a los hábeas data, es decir, la ANR recurre a las aclaratorias en todos los juicios en lo que salieron desfavorecidos, cuestionando, a través de su apoderado Eduardo González, la competencia del Juzgado, alegando que el competente es el juez electoral.

Sin embargo, fueron rechazadas dos aclaratorias por improcedentes, según argumentos esgrimidos por el juez.

Estas resoluciones significan un revés para el Partido Colorado que intenta confrontar las acciones ciudadanas en contra de las afiliaciones irregulares.

Además, ya son cuatro las sentencias que fueron emitidas en contra de la ANR por juicio perdidos.

Igualmente, los abogados que promueven las acciones, encabezados por Gerardo Paciello, cuestionan que a pesar de que el Juzgado ordena la exclusión de los datos, de las personas que fueron afiliadas sin permiso, de los padrones electorales y el Registro Cívico Permanente, la ANR, en ningún caso, expone la documentación requerida, como la solicitud original de afiliación, que incluso podría tener firmas falsas. Con ello, la institución oculta los nombres de las personas responsables de estos actos.

El juez Humberto Otazú intimó al Partido Colorado a que en un plazo de tres días remita la documentación solicitada sobre la afiliación irregular del ciudadano Osvaldo Zayas, antes de emitir sentencia.

En las decenas de casos anteriores, la ANR se desentendió de presentar la documentación y solo contestó los hábeas data pidiendo que el ciudadano acuda a la desafiliación.

Sin embargo, los hábeas data son presentados, precisamente, para no legitimar una afiliación no consentida. Es decir, el uso de datos del ciudadano de forma irregular, como lo sostuvo Paciello y el abogado de la Procuraduría, Renzo Cristaldo.

De hecho, en una de las sentencias, correspondiente a la jueza Clara Ruiz Díaz, la magistrada resalta que los ciudadanos que fueron afiliados sin permiso no están obligados a realizar el trámite de desafiliación.

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