Peralta sostuvo que la independencia de poderes no puede ser un argumento para el desacato. Tampoco se puede citar como antecedente un hecho en el que no se cumplió una orden, como el caso de Cartes y Nicanor. “Las resoluciones judiciales se cumplen, nos guste o no, caso contrario se incurre en delito de desacato. No podemos llamar ‘jurisprudencia’ a la reincidencia de un delito. En esa lógica, el asesino o el ladrón pueden decir, como dijo Bachi, ya hay jurisprudencia de homicidios y robos, por lo tanto, yo puedo matar y robar”, expresó.
Otro punto señalado por Peralta es que nadie está por encima de la ley y que la independencia de los Poderes del Estado no significa que se pueda desacatar una orden judicial sino que se trata de una garantía democrática. “Sirve para garantizar que las decisiones de los poderes sean tomadas sin presión, sin injerencia política, sin sometimiento”, apuntó.
La abogada advirtió que es un riesgo desacatar esta orden judicial, y citó el caso Bonifacio Ríos contra Paraguay. “Esa decisión ya le costó USD 800.000 al Estado paraguayo en el caso Bonifacio Ríos vs. Paraguay. ¿Quién pagará esta vez? ¿Los Senadores? ¿Los ministros de la CSJ?”, reprochó la abogada en redes sociales.