El fallo fue dictado por los camaristas Bibiana Benítez, Arnulfo Arias y Gustavo Ocampos, que confirmaron la resolución del 18 de marzo pasado, del tribunal de Sentencia, integrado por las juezas Yolanda Portillo, Yolanda Morel y Elsa García.
El abogado Rigoberto López, defensor de González, había recurrido la resolución. Sostuvo que el fiscal Osmar Legal le acusó sin que le tomara la declaración indagatoria.
Sostiene que fue citado, pero el abogado solicitó la suspensión por tener una audiencia pendiente, y que pidió que se le fije otra fecha. Pero que esta nunca le fue notificada. Con ello, pide anular la acusación y el juicio oral, a más del sobreseimiento definitivo.
El fiscal solicita el rechazo de la apelación porque se le notificó la segunda vez y recibió el chofer, a más de enviarle un mensaje a su número telefónico con lo que se le dio oportunidad suficiente.
Los camaristas, al analizar los hechos, entienden que no se violó el derecho a la defensa y que sí fue notificado de la indagatoria. Así, ratifican el fallo.
En juicio oral se comprobó que el ex intendente ocasionó un prejuicio patrimonial a la Comuna de Arroyito, por un monto de G. 722.600.000.