08 oct. 2025

Ratifican embargo de USD 1.110.000 en contra de Ramón González Daher

El Tribunal de Apelación confirmó el embargo preventivo en la causa por la supuesta desaparición de los cheques. La defensa había recurrido la medida cautelar dictada por el juez Rolando Duarte.

El Tribunal de Apelación en lo Penal, Tercera Sala, ratificó el embargo preventivo de USD 1.110.000 en contra de Ramón González Daher, en el caso del supuesto quebrantamiento del depósito y extorsión.

Sin embargo, en la causa, las Fiscalía solicitó el sobreseimiento provisional del encausado, lo que, en caso de ser admitido por el magistrado Rolando Duarte, deberán levantarse todas las medidas cautelares.

El fallo fue dictado por los camaristas Cristóbal Sánchez, Agustín Lovera Cañete y José Waldir Servín, quienes confirmaron la resolución del 22 de junio pasado, del citado juez de Garantías.

La medida había sido dictada por el juez a pedido del querellante adhesivo Alberto Helfon Antebi, supuesta víctima de extorsión. El mismo también deberá presentar una contracautela de USD 150.000 para garantizar los daños y perjuicios en caso de que se pida sin derecho.

La medida era para asegurar y garantizar la reparación del daño en caso de que González Daher sea condenado.

El monto fue fijado en el acta de imputación presentado por el agente fiscal.

El abogado Mario Elizeche Baudo señaló en su recurso que la medida cautelar era desproporcionada, arbitraria e injusta, ya que Antebi se presenta como víctima de supuesta extorsión, en el que no concurren los presupuestos componentes del tipo penal. Pide revocar la medida.

Por su parte, el fiscal Néstor Coronel refiere que el juez resolvió conforme a derecho, ya que la medida es de carácter provisorio.

El querellante adhesivo sostuvo que Antebi sí acreditó su calidad de víctima, a más de señalar la forma de actuar de González Daher con las sumas siderales de interés que le exigía por las deudas. Solicitó confirmar el fallo.

Ya en el análisis, los camaristas refieren que la medida cautelar de carácter real, entre otras cosas, es para garantizar la reparación del daño. Además, RGD fue imputado por presunta extorsión, que supone un beneficio patrimonial indebido.

Igualmente, remarca que el hecho punible atenta contra el patrimonio de la persona, y le ocasiona un daño patrimonial, por lo que la medida fue bien dictada.

De este modo, los camaristas refieren que la víctima demostró la verosimilitud del derecho, acreditó su pérdida, y que también ofreció contracautela, con lo que dice que la resolución se ajusta a Derecho.

Al final, por fallo unánime, ratifican la medida cautelar contra González Daher, del embargo preventivo por USD 1.110.000.

Por otro lado, quedó para el 13 octubre, a las 08:30, la audiencia preliminar en la causa por quebrantamiento del depósito y extorsión, donde se pide el sobreseimiento provisional.

El juez de Garantías puede admitir el pedido, o darle el trámite de oposición, en cuyo caso, la Fiscalía General deberá ratificar el pedido o, en su caso, acusar a RGD.