La absolución de culpa y pena de cuatro médicos del Instituto de Previsión Social (IPS), procesados por la muerte de un feto, fue ratificada por la Sala Penal de la Corte, que declaró inadmisibles los recursos de casación de la querella y la adhesión de la Fiscalía.
La resolución favorece a los procesados María Celeste Ramírez López, Luis Gregorio Fleitas Barrios, Gladys Amanda Viveros de Romero y Dalila María Haitter Blanco, con lo que quedan definitivamente desvinculados de la causa.
La casación fue planteada por la abogada Patricia Villalba, por los padres, Estela Pavón de Vera y Óscar Antonio Vera Aranda.
Los ministros Luis María Benítez Riera, Manuel Ramírez Candia y Miryam Peña entendieron que los recursos planteados no cumplían los requisitos para su estudio, por lo que lo declararon inadmisible.
En el caso, Estela Pavón estuvo internada cuatro días en el IPS, pese a estar con 42 semanas de embarazo, no le practicaron una cesárea urgente. El 17 de mayo de 2010, cuando se realizó la intervención quirúrgica, el feto fue extraído ya muerto.
Sin embargo, en el juicio oral realizado el 15 de setiembre del 2015, los cuatro médicos fueron absueltos. Esto fue ratificado por el Tribunal de Apelación Penal el 15 de julio del 2016.