29 mar. 2024

Propaganda electoral invade calles con floja regulación

La floja, y en algunos casos nula, regulación municipal sobre la propaganda electoral en la vía pública, sumada a la nueva ley de desbloqueo de listas, que amplió el escenario de caza de votos entre los candidatos a concejales, ha generado un verdadero caos de polución visual en las calles de Asunción y los diferentes distritos del país.

En el caso de la capital, la propaganda electoral en la vía pública está regulada por la Ordenanza Municipal Nº 157/2018, en la que, por ejemplo, se ha prohibido que las columnas de servicios públicos como la ANDE y otros sean utilizadas para pegatinas de afiches, pero en su lugar quedan habilitadas para banderolas y pasacalles.

El paisaje de las calles de la ciudad se ha llenado justamente de estos elementos, provocando un aprovechamiento al máximo de estos recursos públicos por parte de los diferentes candidatos a intendente, pero sobre todo los candidatos a concejales municipales de diferentes agrupaciones políticas.

Esto evidentemente está vinculado al hecho de que ahora, con el nuevo sistema de voto preferencial, los candidatos a concejales compiten entre sí dentro de sus listas para que sus votantes les den un lugar más privilegiado. Cada candidato insta a votar por su opción dentro de la lista de su partido.

SIN REGULACIÓN. El pasado 17 de agosto, la fiscala electoral de Central y penal de Luque, Sandra Ledesma, citó para declaración indagatoria a los intendentes de Villa Elisa, Mariano Roque Alonso, Itá y Limpio por la posible comisión del hecho punible de desacato, por no haber cumplido con la intimación realizada por el Juzgado Electoral de Central para reglamentar la propaganda electoral en la vía pública.

Los mismos buscan su reelección en el cargo. Ricardo Estigarribia en Villa Elisa; Carolina Aranda en Mariano Roque Alonso; Carlos Palacios en Limpio; y Gloria Benítez de Cantero en Itá.

Todos fueron convocados por no cumplir el artículo 294 del Código Electoral que dispone que, a los efectos de la propaganda en la vía pública, las municipalidades dictarán la reglamentación correspondiente, que indique los lugares autorizados para la fijación de carteles o murales.

ORDENANZA. En Asunción, la Ordenanza Municipal Nº 157/2018 establece en su artículo cuarto que está prohibida toda propaganda electoral fuera del plazo legal. Dicho periodo se inició el 9 de agosto y es hasta el 7 de octubre.

En su artículo sexto, indica que las columnas públicas no se podrán utilizar para pintar, pegar, adosar o colocar cualquier tipo de propaganda electoral sobre los mismos, salvo para la colocación de pasacalles y banderolas, conforme a las disposiciones.

Las banderolas deben colocarse por encima de los dos metros de altura desde el suelo hasta la base del cartel, y los pasacalles a cuatro metros del suelo, y no obstaculizar la visión de conductores ni peatones. En ningún caso podrán sujetarse propagandas a señales de tránsito, ni tampoco se podrán utilizar los árboles bajo ninguna modalidad de propaganda.