El Senado por mayoría de votos aprobó modificaciones a la Ley de Contrataciones Públicas, referentes a ampliar sanciones a proveedores del Estado que incumplan y configuren prácticas fraudulentas. Extiende sanciones a directores, socios y accionistas de las sociedades jurídicas que sean cómplices de la actuación de los administradores de contratistas del Estado.
El proyecto de ley que tuvo media sanción fue presentado por el senador Sergio Godoy, de la bancada de Honor Colorado, quien explicó que “se pretende llenar una laguna legal que consiste en la falta de sanción a quienes integran una sociedad, contratan con el Estado, cometen irregularidades y se sanciona a una persona jurídica, pero al final tanto los directores como los accionistas siguen actuando a través de otras empresas”. Dijo que varios son los casos en la actualidad en que si una empresa recibe sanción, el propietario o accionista ya tiene un portafolio de empresas “para seguir contratando y para seguir cometiendo irregularidades“. En cuanto a las prohibiciones y limitaciones para presentar propuestas o para contratar, establece dos agregados en el artículo 40; uno que refiere a que están inhabilitados “directores, gestores y demás integrantes de las sociedades que tuvieran de algún modo la administración de las personas jurídicas que hayan sido sancionadas por la DNCP, conforme con lo dispuesto en el art. 72 de la ley”. También va dirigido a los accionistas, cuotapartistas y todos aquellos que de algún modo sean propietarios de personas jurídicas (empresas) que hayan sido sancionadas por la DNCP, conforme con la ley. En cuanto a la sanción administrativa establecida en el artículo 72 de la ley de la DNCP, la presente modificación establece la inhabilitación temporal de proveedores y contratistas “en caso de que estos fueran personas jurídicas: a sus directores gerentes, socios gerentes y todos aquellos que tuvieran de algún modo su administración; sus accionistas, cuotapartistas y todos aquellos que de algún modo sean propietarios de estas… por un periodo no menor a tres meses ni mayor a tres años”. Godoy explicó que existen casos en que directores de empresas sin conocimiento de los socios propietarios cometen irregularidades en relación a los contratos con el Estado, por lo que se exime de sanción a los segundos. Mencionó que el documento se cubrió de todo detalle legal de modo que no devenga en un posterior pedido de inconstitucionalidad. El senador Abel González dijo que “justamente los que entran a participar en contrataciones públicas y entran para hacer corrupción, un mismo dueño tiene uno, dos hasta diez empresas. Y eso no podemos permitir”, dijo y adelantó que presentará un proyecto para poner límite a que un oferente del Estado tenga varias empresas.
Entre los casos sonados de empresas contratistas que defraudaron al Estado, se ubican las firmas Imedic y Eurotec del clan Ferreira, que manejan todo un portafolio.
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