28 mar. 2024

Presentan acción contra multa por pedir datos públicos

Presentación. Daniel Tellez Vargas presentó ayer la acción de inconstitucionalidad.

Presentación. Daniel Tellez Vargas presentó ayer la acción de inconstitucionalidad.

Daniel Vargas Telles, conocido como “el hombre que abrió las puertas a la transparencia” por sus acciones legales pidiendo datos públicos en el 2007, mucho antes de las posteriores leyes de Transparencia Administrativa y de Acceso a la Información, enfrenta nuevamente una nueva batalla legal contra las instituciones del Estado, donde podría definir el futuro transparente o el regreso al oscurantismo en la administración pública.

El día de ayer, Vargas presentó una acción de inconstitucionalidad contra los fallos de primera y segunda instancia que no solamente le negaron información pública que solicitó al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), sino que lo obligan a pagar unos G. 7 millones por las costas judiciales, algo inverosímil que puede ser entendido como un ataque directo al derecho a la información y a las políticas de transparencia.

Élida Dávalos, representante del Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA), que con Semillas para la Democracia y el Grupo Impulsor de Acceso a la Información (GIAI) acompañan el proceso legal que lleva adelante Daniel Vargas, señaló que el fallo de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) marcará el futuro del país, si se vuelve a la primavera de transparencia o se ingresa a un invierno de oscurantismo.

El caso. Vargas Telles presentó al TSJE el 29 de mayo del año pasado un pedido de información pública, específicamente copias de las actas electorales de las mesas de votación de los 21 locales de San Lorenzo, así como los nombres de los delegados designados a cada mesa, de los integrantes de las Juntas Cívicas, de los apoderados y veedores, y de los miembros de mesa.

El 4 de octubre del año pasado, la Dirección de Transparencia y Anticorrupción de la Justicia Electoral respondió por correo electrónico a Vargas, pero no proveyó la información requerida, por lo que el mismo inició las acciones legales el 19 de diciembre, dentro del plazo, considerando la fecha de respuesta del TSJE y lo que establece la ley.

Sin embargo, los fallos que siguieron, primero la Sentencia Definitiva Nº 280 del 31 de diciembre, dictada por el Juzgado Laboral, Quinto Turno, y luego el Acuerdo y Sentencia Nº 3 del 15 de enero de 2019, dictado por el Tribunal de Apelación de Feria, fallaron en su contra, argumentando que el plazo de acción ya había fenecido, y en el último caso, penando con costas al accionante, es decir, condenado a pagar una multa de aproximadamente G. 7 millones.

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