14 ago. 2025

Prescribe el caso comisarías y queda libre Rafael Filizzola

La jueza de Garantías Alicia Pedrozo decretó la prescripción de la causa abierta sobre las mejoras en comisarías y que tiene como principal acusado al ex ministro del Interior Rafael Filizzola. Con ello, el político quedó sobreseído de la causa. La resolución también benefició a los coprocesados Alejandro Apolonio Candia Giménez, Juan Diego Fernández Aguirre, Aníbal Gerardo Muñoz Fernández y Fernando Ángel María Sakoda Giménez.

La magistrada hizo lugar a la prescripción por el paso del tiempo, tanto por el transcurso de más de cinco años desde el último hecho interruptivo, en este caso, la acusación fiscal que data del 2014. Además, también por el transcurso del doble del plazo de la pena, que serían 10 años, desde la última fecha en que supuestamente se produjo el hecho punible, que sería mayo del 2011, conforme con la resolución.

Al darse la prescripción material de la causa, también dispuso el sobreseimiento de todos los procesados y levantó las medidas cautelares que fueron impuestas a los acusados en la causa.

PRELIMINAR. En la causa, la Fiscalía había acusado por el hecho punible de lesión de confianza supuestamente perpetrado con la firma del contrato para hacer mejoras en veintidós comisarías del área metropolitana.

La firma del contrato fue por la suma de G. 408.112.313, conforme dice la acusación del Ministerio Público. Esto fue a fines del 2010. La obra se adjudicó a la firma Todo Verde Emprendimientos.

Además, le acusa de no ejecutar la póliza de fiel cumplimiento por la suma de G. 565.906.250.

Así, el supuesto daño patrimonial es por la suma de G. 974.018.563, conforme dice la investigación fiscal.

La jueza admitió la tesis defensiva de que ya se dio la prescripción por el transcurso del tiempo. Es que ya pasaron más de cinco años (máximo de la pena), desde el último acto que interrumpe la prescripción, que fue la acusación fiscal del 9 de diciembre del 2014. También señaló que se constató que pasó el doble del plazo de la pena (10 años), desde la última fecha del supuesto hecho punible, que fue la no ejecución de la póliza de fiel cumplimiento, el 12 de setiembre del 2011. Con ello, dice la magistrada, que considera procedente y ajustada declarar operada la prescripción material de la causa.