Marian Quiroga
Toda pareja al finalizar su unión debe llegar a un acuerdo para determinar todo lo que se refiere al hijo o a los hijos, siguiendo un régimen de relacionamiento. Existen varios puntos que se deben analizar con respecto a los derechos de las niñas, niños y adolescentes (NNA) en estos casos.
Para Mercedes Brítez de Buzó, ex Ministra de la Niñez y la Adolescencia y ex Juez de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia, el primer punto y lo importante es que los auxiliares de derecho que están tratando la causa sean especialistas en la materia. Para la ex magistrada en toda esta situación se le debe dar relevancia a la prevención, antes que a las consecuencias.
“Por la crisis económica que hay, los profesionales no capacitados toman la causa, entonces hacen tanteos libres, buscan modelos y en la jurisdicción de la niñez y la adolescencia no siempre es ‘dos más dos es igual a cuatro, hay veces que el resultado es tres, cuatro o cinco’, porque se trabajan con emociones”, refiere la abogada.
Subraya que el abogado que lleva la causa sea especialista de familia y que antes de llevar a instancias judiciales, trate de llegar a un acuerdo entre las partes. “Llamarle a papá y a mamá y plantearle un acuerdo, una conciliación, dejarle al niño aparte y el divorcio y la separación de bienes aparte”.
Vínculo familiar
Es importante destacar que la atención debe estar puesta únicamente en el niño sin considerar el contexto familiar. En el caso de la convivencia, para los NNA es un derecho vivir con sus padres y además a mantenerse vinculado con los demás miembros de su familia con los que no convive.
“El niño debe relacionarse con sus abuelos y tíos, no se puede cortar ese vínculo, tanto la familia materna como paterna tienen derecho a hacer demandas para el régimen de relacionamiento”, manifiesta.
Conforme al artículo 175 de la ley 6083, en donde interín el proceso se lleve a cabo, el niño se debe relacionar con la madre o el padre, en ninguna circunstancia el vínculo se debe romper.
“Por ejemplo en la demanda se lleva a una conciliación, si no se llega a la conciliación, se va a un periodo de prueba, donde el juez tiene la medida cautelar. El juicio en la jurisdicción de la niñez debe ser corto, el juez debe dictar sentencia en seis días. Tiene tres días para pronunciarse cuando hay escrito”, explica.
Influenciar negativamente contra uno de sus progenitores es una constante en esta problemática.
“No se respeta realmente el derecho del niño, se le usa como botín de guerra, y la última moda es que no le permiten al niño ver al otro padre, se llama alienación parental”, menciona.
Durante la etapa de la niñez el niño necesita a sus padres en armonía ya que es una etapa en la que está en formación y necesita de la figura masculina y femenina.
“Tuve el caso de un niño, que la mamá ganó el régimen de convivencia, estaba en una situación calamitosa con el padre, el niño estaba tan manipulado por el papá que nunca la mamá le pudo ver ni hacer cumplir la orden judicial. Con el tiempo ese niño cuando fue grande se dio cuenta y comprendió la situación. Fue muy triste, porque la vida es corta, vuela, corre muy rápido y todo el tiempo que ese niño perdió sin ver a su mamá ya no va a recuperar”, lamenta.
La solución de un caso de esta índole no debe depender exclusivamente del juzgador; el código de la niñez establece que deben intervenir varios actores dentro del proceso, que cumplan una función fundamental de auxiliares de la justicia especializada.
“No veo que se trabaja mucho con los sicólogos, puedo asegurar y garantizar que en el poder judicial hay excelentes sicólogos”, expresa.
Para Brítez de Buzó es un obstáculo la separación de la jurisdicción de la niñez y la adolescencia de lo civil, ya que en el primero se maneja el régimen de convivencia y el régimen de relacionamiento y alimentos; y en lo civil todo lo que se refiere a divorcio y separación de bienes, por lo que son jueces diferentes.
“En Colombia, el mismo juez que atiende a la niñez, atiende a los padres. Aquí el juez en lo civil no puede entender porque no es especialista en familia y aparte de eso, tiene exceso de trabajo. En un divorcio la ley establece que se le debe llamar a los padres para tratar de llegar a una conciliación, eso ya no se hace”, añade.
Resalta que en toda esta situación es fundamental el diálogo entre todas las partes. “Es hablar y hablar hasta que la boca te quede seca. Hay parejas que van de juzgado en juzgado recorriendo y así va pasando el tiempo y el niño va creciendo viendo el conflicto”, relata.
La especialista en derecho de familia relata que cuando hay una separación conyugal, “las personas están muy sensibles y si no hay madurez suficiente, que normalmente no se tiene cuando uno es joven, se recurre a tenerle al niño como botín de guerra”.
Falta de políticas públicas
En lo que se refiere al poder judicial, con respecto a la niñez y adolescencia, Mercedes Brítez recalca que hay escasez de recurso humano calificado dentro de esta jurisdicción.
“Se le pone a una persona que no entiende nada pero dicen ‘ya va a entender por el camino’, entonces de esa manera cómo se va a litigar en la jurisdicción de la niñez y la adolescencia, que debe ser un juez que peine canas”, refiere.
La profesional agrega que en un alto porcentaje no se respeta el derecho de los niños y adolescentes en los expedientes judiciales.
“No se trabaja en la prevención, acá se necesita políticas públicas para apuntalarle a las familias, es un problema social”, repite.
Pone énfasis que la alta población del Paraguay constituyen los NNA y que por falta de políticas públicas, “para apuntalar a las familias el poder ejecutivo debe intervenir”, concluye.